CSIF pide la suspensión cautelar de la exclusividad en el decreto valenciano de selección de personal

..Redacción
El sindicato CSIF ha solicitado al Tribunal Superior de Justicia (TSJ) la suspensión cautelar del decreto 192/2017 de 1 de diciembre de selección y provisión de personal estatutario al servicio de instituciones sanitarias de la Comunidad Valenciana. La demanda se dirige en concreto contra el carácter irrenunciable del complemento de exclusividad para jefaturas de servicio y de sección.

Esta medida supone un paso más, después de que ya presentara un recurso contencioso administrativo contra la normativa. El TSJ ya ha trasladado a la Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública la demanda con el fin de que presente alegaciones. El sindicato lamenta en el recurso presentado que se prriorice una cuestión como la exclusividad, sin que se tengan en cuenta “los méritos y cualificación que tengan”.

El TSJ ya ha trasladado a la Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública la demanda con el fin de que presente alegaciones

La organización sindical insiste en que en el decreto no se prevé la sustitución en caso de que se produzca una renuncia a un proceso selectivo. Esta situación impediría asegurar la cobertura de las plazas y supondría un incumplimiento del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP). El sindicato alega que tampoco contempla lo previsto en la Ley de Función Pública valenciana ni se ajusta al modelo de puntuación de los méritos en el concurso-oposición que exige el EBEP.

Decreto o rango de ley

En su recurso, CSIF va más allá y advierte de que el decreto debería considerarse nulo, ya que la normativa que regula la selección y provisión de personal estatutario “debería de regularse con rango de ley y no de decreto”, como sucede en otras autonomías. El sindicato añade que “subsidiariamente son nulos algunos artículos del decreto”.

El sindicato señala también que el decreto “no resuelve la adaptación de puestos de trabajo por razones de salud”. No es el primer desencuentro que se produce entre la organización y la Consejería. También ha recurrido, entre otras cuestiones, por la regulación de la libre designación como forma de provisión de puestos de carácter directivo.

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