Colegio de Médicos de Madrid: ¿transparencia privada?

.. Dr. Guillermo Sierra.
El comunicado del Colegio de Médicos de Madrid (ICOMEM) que preside Miguel Angel Sánchez Chillón, interpretando la resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, es tendencioso pues no hace mención a lo que manifiesta dicho Consejo: “Estimar la reclamación presentada por D. Guillermo Sierra Arredondo y en consecuencia declarar su derecho a que le entregue la información pública solicitada”. Es cierto que diferencia entre lo público y privado, pero tampoco dice, que es la segunda vez que tenemos que recurrir al Consejo de Transparencia, como matiza la resolución.

En la resolución del Consejo de Transparencia y Buen Gobierno se menciona un escrito del Colegio de Médicos de Madrid en el que pone de manifiesto que el ICOMEM está realizando:

  • Un censo de los convenios y contratos firmados
  • Diferenciación de aquellos contratos y convenios suscritos por el Colegio de Médicos en el ejercicio de sus funciones públicas y privadas.

Si el ICOMEM tiene que elaborar un censo de los convenios y contratos y necesita meses para su elaboración hace suponer que se han firmado un número considerable de compromisos desconocidos por los colegiados de Madrid que son los que tienen que financiar su cumplimiento mediante cuotas obligatorias y con un presupuesto anual de más de 11.000.000 de euros.

Estoy esperando saber que entiende la Junta Directiva por contratos públicos y privados. Me cuesta entender el concepto de actividad privada de una Organización Colegial si ésta se financia con el dinero de los colegiados. Es de sentido común que dichos colegiados que financian, insisto de forma obligatoria, la supuesta actividad privada, tengan derecho a conocer de forma pormenorizada los convenios y acuerdos firmados por una Junta Directiva que reciben unas retribuciones a cargo de las cuotas colegiales. Si a los que firman les pagamos nosotros y se financian los compromisos firmados con nuestro dinero ¿no es lógico que conozcamos lo que han firmado y en qué condiciones?

¿No es lógico que conozcamos lo que han firmado y en qué condiciones?

No es de recibo denegar los, supuestamente, contratos privados a los representantes legales de la Asamblea General, es decir a los compromisarios. Máxime cuando una de las obligaciones de estos (artículos 28 y 29 de los estatutos del ICOMEM) es controlar la actuación de la Junta Directiva. Difícilmente podemos controlar lo que no sabemos que han firmado. Como tampoco es de recibo que los compromisarios desconozcamos las auditorias de personal, de asesoría jurídica y de la Fundación. Esta falta de transparencia es la que ha originado tener que acudir al Consejo de Transparencia sabiendo de antemano que tendremos que seguir por otros cauces de reclamación ante el comportamiento de esta Junta Directiva.

Difícilmente podemos controlar lo que no sabemos que han firmado. Como tampoco es de recibo que los compromisarios desconozcamos las auditorias de personal, de asesoría jurídica y de la Fundación

No se entendería, por ejemplo, que una Junta Directiva pueda firmar convenios y contratos “privados” con la financiación de los colegiados y que algún componente de esa Junta entrara a formar parte de los Consejos de Administración de algunas de las empresas firmantes. Efectivamente es una actividad privada de los miembros de la Junta pero no del Colegio, ya que la firma se ha llevado a cabo gracias a que representan un gran número de colegiados que tienen que pagar obligatoriamente la cuota colegial.

No se entendería que un miembro de una Junta Directiva pase a formar parte del Consejo de Administración de una empresa con la que el Colegio tiene un convenio

La transparencia no es dar a conocer lo que se va a hacer sino dar a conocer pormenorizadamente lo que se ha hecho, qué compromisos conlleva, qué beneficios se otorgan y qué coste supone.

La nueva Ley de Colegios Profesionales debe dejar esto muy claro, aunque el anteproyecto de Ley de Colegios Profesionales ya lo hacía. También se debe especificar en los Estatutos futuros del ICOMEM, que esta Junta se comprometió a elaborar y como la transparencia, de lo dicho no me acuerdo.

La transparencia no es dar a conocer lo que se va a hacer sino dar a conocer pormenorizadamente lo que se ha hecho, qué compromisos conlleva, qué beneficios se otorgan y qué coste supone

La Junta anterior creo una comisión de estatutos que elaboró un borrador y en el cual se decía en el apartado de competencias de la Asamblea General artículo 15.1: La supervisión y control de las actuaciones políticas y económicas de la Junta Directiva. En este borrador de estatutos se contempla una Comisión de Cuentas, en el artículo 60. 2. Con el fin de ejercer el legítimo derecho de control de las acciones económicas de la Junta Directiva, se constituirá en cada mandato de la misma, una Comisión de Control de Cuentas. A lo mejor por esto, dicho borrador ha sido olvidado por la Junta actual.

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