El Colegio de Médicos de Valencia apoya sancionar a los que incumplan la colegiación obligatoria

Colegio valenciano

..Elena Santa María.
El Colegio de Médicos de Valencia (ICOMV) ha valorado positivamente la modificación del artículo 21 de la Ley 6/1997, de consejos y colegios profesionales. Dicha modificación, añade un apartado que permite sancionar aquellos supuestos en los que un profesional que tiene la obligación de estar colegiado para ejercer su profesión, incumpla este requisito.

De esta manera, el ICOMV ratifica que la colegiación obligatoria supone una garantía tanto para la profesión médica como para la sociedad valenciana, ya que se asegura una asistencia regulada que cumpla con los estándares de calidad del ejercicio profesional.

El ICOMV ratifica que la colegiación obligatoria asegura una asistencia regulada que cumpla con los estándares de calidad del ejercicio profesional

Asimismo, la entidad colegial explica que, hasta el momento, en el caso de que ocurriese un caso de inhabilitación para el ejercicio profesional, no estaba regulada la aplicación de la sanción por parte de los empleadores del profesional.

La presidenta del ICOMV, la Dra. Mercedes Hurtado, expresa que esta modificación es “un impulso para acabar con el intrusismo médico contra el que luchamos desde esta entidad”. “El Colegio está para defender la profesión y garantizar al paciente la certificación y profesionalidad de quien cuida de su salud”, manifiesta la Dra. Hurtado.

Esta modificación es un impulso para acabar con el intrusismo médico

Del mismo modo, el ICOMV recuerda que cuenta con una Comisión de Intrusismo para perseguir estas irregularidades. Además, la corporación informa que regula la profesión a través de un código deontológico y unos estatutos colegiales reglamentados también a nivel nacional por la Organización Médica Colegial (OMC).

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