Aumentan las grandes diferencias por hora de guardia entre los médicos de hospital en 2012

M. J. Hidalgo, V. Bellot, A. Fernández, P. Cantalejo y V. Matas. CESM Granada
Los Médicos Españoles garantizan la continuidad asistencial, la equidad, la accesibilidad y la sostenibilidad de los Servicios de Salud mediante la realización de la Atención Continuada (guardias) en nuestros hospitales. Generalmente se realizan por los médicos de los servicios, en ocasiones existen médicos contratados para completar los turnos, también existen servicios específicos que realizan estas funciones y no podemos olvidar la gran labor que hacen los MIR.

La realización de la Atención Continuada (guardias) es, para los médicos hospitalarios Españoles, una obligación, pero no un derecho. Se realizan generalmente después de la jornada ordinaria de trabajo (desde las 15 horas hasta las 8 horas del día siguiente) y en sábados domingos y festivos las 24 horas. Son horas similares a las horas extraordinarias de los trabajadores de otros sectores y de otras categorías, en tanto que se realizan después de la jornada ordinaria, aunque a diferencia de ellas se retribuyen por un importe menor que el de las horas ordinarias (las horas extraordinarias se abonan habitualmente al 175% de la hora ordinaria en cualquier sector), además no tienen el límite de las 80 horas al año de las extraordinarias  y lo que es más importante son obligatorias y no voluntarias como son las extraordinarias generalmente. 

La obligatoriedad es la norma (con muy pocas excepciones). Si las condiciones de servicio lo permiten pueden estar exentos los mayores de 55 años y los que por motivos de salud no puedan realizar las funciones. Pero no existe el derecho a realizar guardias. Si en el servicio no se realizan, muy frecuente en algunas especialidades, el médico no puede exigirlas.

Hace tiempo, en sus inicios, las guardias suponían una situación en “ expectativa de trabajo”, que no conllevaba la dureza de un trabajo ininterrumpido, como ocurre en la jornada ordinaria, pero con el transcurrir de los años han llegado a requerir un gran esfuerzo del profesional ya que se ha transformado en un trabajo continuado que se realiza prácticamente de forma ininterrumpida, casi podríamos decir que se trata de un “trabajo a destajo” y que además no respeta descansos durante el mismo y conlleva una importante carga mental y de estrés.

Estas duras condiciones dificultan la conciliación de la vida familiar y provocan un considerable desgaste físico y psíquico que se traduce en  una afectación de la salud del médico.
Aunque la retribución de esta importante labor, estaba por debajo del importe de la hora ordinaria, no se ha librado de los recortes, que fueron generalizados en el año 2010, pero que han continuado y han sido más importantes en algunos Servicios de Salud, a destacar: 

  • En Castilla La Mancha han sufrido un recorte adicional del 15% en el año 2012. 
  • En Andalucía han sufrido un recorte adicional del 10% en el año 2012 que la han dejado en último lugar a nivel nacional y a gran distancia del siguiente. 

Añadido a esto, los médicos que hacen Atención Continuada (guardias), se han encontrado con que la aplicación que hacen algunas Administraciones (Andalucía, Madrid…) del incremento de jornada ordinaria impuesto por el Gobierno de España, para ellos se traduce en un nuevo recorte, les dejan de pagar todos los meses 10 horas de las que hacen de guardia, no permitiendo que completen la jornada realizando actividad ordinaria adicional. Esto supone, además de un nuevo recorte retributivo, una discriminación con otras categorías, otras consejerías y con los médicos de la gran mayoría del resto de Comunidades Autónomas en la que se les permite completar su jornada mediante la realización de 1/2 hora más diaria, 2,5 horas más a la semana por las tardes o cinco horas por las tardes cada dos semanas.

Festivo: Incluye sábado en todas las CCAA excepto Aragón, Cantabria e INGESA.  1).Continuidad asistencial (módulos 5 horas) 35,68 €/hora (2) Quinta guardia y siguientes se paga como festivo. (3) En laborable cuarta y siguientes  (22,12 y 24,13 otras islas). En islas diferentes de Tenerife y Gran Canaria: Laborable 21,11 €/hora y festivo 32,68 €/hora. (4) Cuarta y sucesivas incremento del 10%.  

En las tablas y el gráfico, que se explican por sí mismos, se pueden observar las grandes diferencias existentes entre los Médicos hospitalarios en España. Igualmente se recogen algunas peculiaridades.  

Destacar que en el año 2012 las diferencias son de 11,14 euros/hora (el 72,01 %) entre los Médicos Andaluces (en último lugar con 15,47 euros/hora) y los Médicos de Murcia (al frente con 26,61 euros/hora). Si nos fijamos en la media a nivel nacional (21,84 euros/hora) los Médicos Andaluces cobran 6,37 euros menos a la hora (el 41,21%).

En cuanto a los festivos, en el año 2012 las diferencias son de 12,27 euros/hora (el 70,92 %) entre los Médicos Andaluces (que están los últimos con 17,30 euros/hora) y los Médicos de Murcia (a la cabeza con 29,57 euros/hora), con la excepción de Canarias en las que en islas diferentes de Tenerife y Gran Canaria el importe es de 32,68 euros/hora. La media a nivel nacional es de 24,11 euros/hora y por tanto los Médicos Andaluces cobran 6,81 euros menos a la hora (el 39,38%).

Esta jornada complementaria que hacen los médicos por las tardes y por las noches, los convierte en realidad en trabajadores a turnos, con todas las importantes repercusiones negativas que tiene para su salud esta forma de trabajo. Pero mientras que al resto de categorías que hacen turnos, para compensar el esfuerzo y proteger su salud, se les aplica una disminución de jornada, en el caso de los médicos al contrario, les supone un importante incremento de jornada, que además se les abona a un precio inferior y muchos casos ridículo.

En estos años se han producido importantes retrocesos mucho más acentuados en Castilla La Mancha y en Andalucía. Es necesario, en cuanto las circunstancias económicas lo permitan,  mejorar este tipo de retribución hasta superar el precio de hora de trabajo ordinaria y en Andalucía hasta llegar al menos a la media del resto de Servicios de Salud. No  podemos olvidar que se realizan de forma obligatoria y fundamentalmente en horario nocturno, en sábados, domingos y festivos. 

El importe está homologado entre Atención Primaria y Hospital en la mayoría de los Servicios de Salud, falta esta homologación en Extremadura e INGESA (Ceuta y Melilla). 

Las diferencias y el trato discriminatorio no termina aquí, si comparamos el importe que reciben los Médicos hospitalarios con lo que reciben los médicos residentes de otros Servicios de Salud, nos llevamos una desagradable sorpresa, pues hay  MIR de 4º y 5º año de algunas CCAA perciben por hora de guardia un importe superior y en algunos casos bastante superior que el que perciben los médicos de hospital de algunas Comunidades Autónomas. Destaca el ejemplo de los médicos de hospital de Andalucía.

En la tabla siguiente podemos ver los importes por hora que perciben los MIR de 4º y 5º año, donde podemos destacar:

En laborable los Médicos Andaluces de Hospital perciben menos por cada hora de guardia que los MIR de 4º y 5º años de: Asturias, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Castilla La Mancha, Cataluña, INGESA (Ceuta y Melilla), Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco, Rioja y Valencia. 

La diferencia con el máximo son de 5,42 euros a la hora, que supone un 38,27 % y con la media la diferencia es de 1,39 euros/hora (el 8,96 %).

En el resto de Servicios de Salud (Andalucía, Aragón, Canarias y Extremadura) los MIR de 4º año perciben importe inferiores. Que van desde 0,64 euros/hora en Canarias hasta los 1,15 euros/hora en Extremadura.

En festivo los Médicos Andaluces de hospital perciben menos por cada hora de guardia que los MIR de 4º y 5º años de: Asturias, Baleares, Cantabria, Castilla y León, Castilla La Mancha, Cataluña, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra, País Vasco y Valencia. 

La diferencia con el máximo son de 4,67 euros a la hora, que supone un 26,99 % y con la media la diferencia es de 0,90 euros/hora (el 5,22 %).

En el resto de Servicios de Salud (Andalucía, Aragón, Canarias, INGESA (Ceuta y Melilla), Extremadura Rioja) los MIR de 4º y 5º  año perciben importe inferiores. Que van desde 0,20 euros/hora en La Rioja  hasta los 2,47 euros/hora en Canarias.

Pero existen otros Servicios de Salud en los que sus médicos cobran menos que algunos residentes de los últimos años, aunque las diferencias son menos importantes, veamos:

  • En el caso de los médicos hospitalarios de Canarias, Aragón, INGESA y Madrid perciben menos por cada hora de guardia en laborable que los MIR de 4º y 5º años de Navarra y País Vasco. 
  • Los médicos hospitalarios de Asturias, Extremadura y La Rioja perciben menos por cada hora de guardia en laborable que los MIR de 4º y 5º años de: Navarra. 
  • En festivos los médicos hospitalarios de Aragón, INGESA, Extremadura,  Madrid y la Rioja perciben menos por cada hora de guardia  que los MIR de 4º y 5º años del País Vasco.

Desde cualquier punto de vista resulta, poco estimulante y muy difícil de entender, para los médicos que hacen una magnífica labor asistencial en Andalucía y en algunos otras CCAA, ver como a pocos kilómetros de distancia se retribuyen las horas de guardia a un importe superior ya no solo a los facultativos de igual categoría sino también a aquellos compañeros que están realizando su formación como MIR.

Pero estos importes son brutos. En España el impuesto de la renta de las personas físicas tiene un fuerte componente de progresividad, que además en el  primer Consejo de Ministros el Gobierno incrementó de forma importante, incremento que se ha traducido en unas retenciones mayores en el año 2012 y 2013.

 Y si nos fijamos en el importe en euros, la diferencia entre lo que aporta el trabajador “mileurista” (15.000 euros/año y otro con ingresos cinco veces superiores (75.000 euros/año) se multiplica por 36 veces (pasa de 47 euros a 1.695 euros), ¡¡poco consuela que la media del incremento sea de 222 euros, como afirmó el gobierno!! 

Bueno y… ¿cómo afecta esto a las guardias del médico? Pues de forma muy negativa, la tabla de retenciones del IRPF, que ya era progresiva, ha pasado a ser fuertemente progresiva y los ingresos de esas horas de guardia (unas 50 horas al mes-550 al año), una vez sumados a los ingresos que tiene el médico por su jornada ordinaria suponen un importante incremento en las retenciones, no sólo del importe de las guardias, sino del total de los ingresos del médico. 

Pero no quedan aquí los agravios, a la hora de hacer la declaración de la renta, ya no se paga igual en todas las autonómicas. Las diferencias en el trato resumidamente son: 

  • Han impuesto recargos (superando el 52% el tipo máximo): Andalucía, Asturias, Cantabria, Cataluña, Extremadura, Murcia y Valencia. 
  • Tienen mejor trato los ciudadanos que residen en: Madrid, La Rioja, Navarra y País Vasco el tipo máximo del IRPF se sitúa por debajo del 52%. 
  • En el resto de España el tipo máximo del IRPF es del 52%.  

Estos niveles de retención son abusivos y casi confiscatorios, sobre todo si tenemos en cuenta que además se paga Seguridad Social (4,8 % o 6,35%) y con lo que llega al banco hay que seguir pagando IVA (4%, 10% y 21%), IBI, tasas…

Aunque las retenciones varían con los ingresos y las circunstancias personales, si tomamos como ejemplo  un médico andaluz con bastante experiencia y máximo nivel de carrera profesional, que percibe unos ingresos sin guardias de 39.802 euros/año (3.133 euros/mes) tras una retención del 27,22% (15.589 euros), si hace 550 horas de guardia al año percibe unos ingresos de 9.809 euros brutos adicionales, con estos nuevos ingresos sus retenciones pasan a ser del 30,04 % (20.150 euros), el incremento de la retención ha sido de 4.561 euros, lo que supone el 46% de lo ingresado por las guardias, que insistimos que se hacen después de la jornada ordinaria, por las tardes, las noches, en sábado, domingo y festivo y de forma obligada.

De esta forma el tabla anterior podemos comprobar cómo las cantidades que perciben realmente los médicos es muy inferior a la que abonan los Servicios de Salud como importe bruto, en el caso del ejemplo, el importe neto por hora que llega al médico andaluz de Hospital resulta ridículo, pues ni siquiera llega en la mayoría de los casos a los 10 euros/hora (en el caso del ejemplo 8,41 euros/hora en laborable y 9,41 en festivo). Puede darse la paradoja de que si para realizar la guardia, es necesario contratar a alguien que cuide de los hijos, muy posiblemente al médico le cueste el dinero trabajar esas horas “extras”.

Para los médicos del resto de España los importes, aunque superan los 10 euros a la hora (en algunos casos por muy poco), en contadas ocasiones llegan a superar los 15 euros/hora, importes claramente insuficientes para el nivel de responsabilidad que se asume, la penosidad  y peligrosidad del trabajo que se realiza, la gran exigencia en formación (entre 11 y 12 años de formación después del bachillerato) y el horario en el que se desarrollan las guardias (noches, festivos y vísperas).

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