Condena de un año de cárcel e inhabilitación por no poner los medios necesarios

Alfonso González
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a dos psiquiatras del hospital Gregorio Marañón por no poner los medios para diagnosticar un ictus cerebral que padeció una paciente pensando que se trataba de un cuadro diferente. La condena de la Audiencia confirma el fallo del Juzgado de lo Penal que impuso una condena de 880.00 euros por los daños causados a la paciente, y a un año de prisión y un año de inhabilitación de cualquier práctica sanitaria.

La Asociación del Defensor del Paciente ha querido impulsar este caso, de agosto de 2001, cuando la paciente acudió a urgencias del hospital por una pérdida de fuerza en el brazo. Están involucrados dos psiquiatras, uno adjunto y el jefe de la unidad psiquiátrica del servicio de urgencias, y dos residentes, que no no valoraron a la paciente desde el punto de vista neurológico a pesar de que los síntomas se agravaron.

La sentencia dice que “la condena no es por el ictus, sino por no poner los medios necesarios a través de la exploración neurológica, avisar al neurólogo, realizar las pruebas radiológicas oportunas para detectarlo y pautar el tratamiento indicado en este tipo de procesos y esta conducta omisiva incardina las infracciones penales por el que han sido condenados”. Los psiquiatras, como responsables de los residentes, no se cercioraron de que la exploración a la paciente fuera “completa y acertada” y se limitaron a ordenar su sedación, pese a que éstos reclamaron su consejo y supervisión.

Los peritos que revisaron el caso afirmaron que fue una sorpresa que con esos síntomas y esos antecedentes, deberían haber pensado en un trastorno neurológico, y no rellenaron ni siquiera los apartados de constantes como pulso, tensión arterial y temperatura.

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