Otro juzgado no se ve competente para tomar medidas cautelares

En esta ocasión es el Juzgado Contencioso Administrativo número 28 de Madrid el que ha considerado que no tiene competencias para tomar medidas cautelares en el proceso de externalización de los hospitales de Madrid a raiz de una manda interpuesta por el PSOE de Madrid.

El juzgado ha dado un plazo de 10 días a las partes para que presenten alegaciones y alude a una “posible falta de competencia objetiva” a la vista de la Ley Jurisdiccional. Para este juzgado la contratación administrativa “no está entre las que la Ley Jurisdiccional atribuye al conocimiento de los Juzgados de lo Contencioso Administrativo”.

El proceso de este juzgado se refiere a las garantías que exigía la Comunidad a las empresas en el caso de resultar adjudicatarias porque a cuatro días de cerrar el plazo se introdujo el término “anual”, dando pie a una reducción real del 95% de la aportación económica.

El TSJM (Tribunal Superior de Justicia Madrileño) ha aclarado que las alegaciones son a propósito de la falta de competencias y, por tanto, cabe recurso de reposición.
..Alfonso González

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