Las crisis destapa el trasplante ilegal de órganos llegando a ofrecer 1 millón por un riñón

El creciente número de trasplantes que hoy existen, debido a los avances quirúrgicos, la comunicación entre los países, así como las facilidades que proporcionan los modernos medios de transporte, hacen posible que estas prácticas crezcan a una velocidad casi de vértigo. De ahí la exigencia que existe de que todos los países, sin excepción, regulen con el máximo detalle posible esta actividad que, dado su rápido crecimiento y el afán de lucro que se cuando las crisis económicas se agudizan, se destapa con ello.

España es uno de los países del mundo que posee el mayor número de donantes (procedentes de personas vivas o de las ya fallecidas  que, en vida, declararon serlo). A pesar de ello no hay oferta suficiente para satisfacer la cada vez más creciente demanda de órganos. Aún cuando se producen ciertas anomalías que desembocan en el nacimiento de un negocio ilegal que, en algunas ocasiones suele estar acompañado de un delito o estafas llenas de matices muy negativas y lamentables.  La necesidad y las ganas de dinero rápido hace que últimamente estén llegando a colaborar hasta médicos sin escrúpulos.

España tiene perfectamente regulado este tema a través de las disposiciones legales que, en su día dictó la ONT (Organización Nacional de Trasplantes), un organismo técnico del Ministerio de Sanidad y Consumo, sin atribuciones de gestión directa, pero sí con la fundamental misión de de la promoción, facilitación y coordinación de la donación y el trasplante de todo tipo de órganos, tejidos y médula ósea. Creado por una Resolución del 27 de junio de 1980, no llegó a desarrollarse su estructura funcional y dotarse del  personal correspondiente hasta finales de 1989.

El marco jurídico de sus disposiciones legales es el siguiente:

Ley 27-10-1979, nº 30/1979 sobre extracción y trasplante de órganos.
Regula todo  lo que tiene que ver con los trasplantes. Estableciendo que las extracciones de órganos se realizarán solo con fines terapéuticos, estando esta y su implantación posterior,  sujetas a un proceso gratuito y altruista. Qué personas se consideran donantes y cuando pueden extraerse los órganos, así como el procedimiento para su extracción y posterior trasplante. A partir de esta Ley se desarrollaron, posteriormente, los oportunos decretos que modificaron o concretaron algunos artículos, de acuerdo con los últimos avances clínicos que se produzcan y teniendo en cuenta también los posibles problemas que puedan surgir al llevarlos a la práctica.
Real Decreto 411/1996 de 1 de marzo, por el que se regulan las actividades relativas a la utilización de los tejidos humanos.
Los motivos que llegaron a la promulgación concreta de este Decreto fue el incremento de la utilización clínica de los tejidos procedentes de las personas.
El Real Decreto 20070/1999 de 30 de diciembre.
Regula las actividades de obtención y utilización clínica de órganos humanos, así como su coordinación territorial. Se pretendía con ello  dotar de un mecanismo eficaz, suficientemente ágil, que permitiera la inmediata autorización judicial para la obtención de los órganos procedentes delfallecimiento por parada cardíaca y, por otra parte, determinar  los requisitos que deben reunir los centros dedicados a extracción y trasplante.

Las negativas familiares a la donación de órganos cuando esta opción estadoptada en el momento  del fallecimiento se mantiene en unos niveles positivos del 21%. Las principales causas de denegación de la donación por parte de los familiares es la alegación del desconocimiento  de los deseos del fallecido, o bien la negativa expresa realizada durante su vida.

Otra muestra de la preocupación estatal que la mayoría de los países tienen para regular esta materia, con el fin de evitar los crecientes abusos que, cada vez con mayor asiduidad y variedad se   están produciendo, es que, en sudamérica, casi todos se han adherido y han hecho suyas las disposiciones que la Organización Panamericana de la Salud hizo en 1902, recogidas en un amplio compendio de justificación y disposiciones – cerca de 100 páginas- dedicadas a la “Legislación sobre donaciones de órganos, tejidos y células: compilación y análisis comparado”.

La ONU, por su parte, no deja de alertar del contínuo crecimiento del tráfico ilegal de extracciones destinadas a trasplantes no controlados, considerándolo como un crimen en alza a escala mundial, sobradamente denunciado tanto por sus responsables como por el Consejo de Europa. La falta de órganos disponibles en los sistemas de donación para trasplantes alimenta este trueque, fraudulento y abusivo,  en el que mujeres y niños son utilizados como moneda de cambio.

Se considera que el trasplante es algo más  que una terapia clínica, es una verdadera esperanza para los más de 100.000 pacientes que en el mundo, a lo largo de un solo año reciben un órgano, fruto de la generosidad de otra persona que no conocen y, en cambio, otros muchos se desesperan esperando para poder someterse a esa salvadora intervención que le evitará el estaresclavizado a la dependencia de una máquina que le prolongue la vida.

Según los doctores Beatriz Domínguez y Rafael Matesanz, coautores del primer estudio realizado por la ONU sobre el tráfico de seres humanos con el fin de extirpar sus órganos, tejidos y células, haciendo negocio con ellos, este tráfico existe y se da, precisamente por su escasez.

De acuerdo con los datos que ellos mismos facilitan, solo en Europa había más de 58.000 pacientes esperando la llegada de un riñón, corazón o hígado, en 2007. De ellos solo pudieron atenderse a 25.900. Esta demanda de órganos es todavía más alta en EE.UU, con más de 95.000 pacientes en listas de espera. Solo pudieron atenderse, en ese año, 25.300 personas. Estas cifras no son nada más que la punta del iceberg de este tremendo problema. Se estima que en un año 4.000 pacientes mueren  en Europa esperando un trasplante es decir, 12 personas diarias.

Lo más lamentable del problema, sin hacer alusión a otros muchos, es que un alto número de crímenes relacionados con el tráfico de órganos no se denuncian, lo que convierte a estas acciones  en una actividad ilícita, de bajo riesgo y muy lucrativa

Los citados doctores recomiendan en este estudio que se prohíba tajantemente cualquier tipo de ganancia financiera con la venta de órganos humanos  a otros países. Un principio que ya existe en la Convención del Consejo de Europa sobre Derechos Humanos y Biomedicina de 1997. De esta forma se evitaría poner en riesgo el sistema de donación de órganos, basado en el altruismo, considerado como la base  normal del sistema de trasplante de órganos.

 

Informe de la ONU 2009.
La ONU, además de lo señalado anteriormente, en 2009 emitió otro informe sobre el tráfico de órganos. Fue elaborado por especialistas estadounidenses, austríacos y españoles. En él se busca unir esfuerzos para luchar contra el tráfico ilegal de órganos. Una práctica que, desde que, según la Doctora Bátbara Mikkelson, comenzara en 1988, no ha decaído en los últimos años, teniendo como  principales países de esta práctica a China, Kosovo y otros más, dotados de una economía muy baja, en los que el engaño en personas de baja cultura, mujeres indigentes y el robo de niños, es uno de los procedimientos más habituales para la obtención de donantes forzados.
..Lola Granada

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