El SCS deberá indemnizar con 91.000 euros a los padres por la muerte de su hija recién nacida por infección no detectada

El Servicio Cántabro de Salud (SCS) ha sido condenado a indemnizar con casi 91.000 euros a los padres de una niña de tres meses que murió en 2007 a causa de una infección diseminada por la sangre (sepsis) que no se detectó “hasta después de su fallecimiento” a pesar de llevar 15 días ingresada en una residencia de Cantabria.

La sentencia condenatoria, que es del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 2 de Santander con fecha de 20 de mayo de este año, señala que “debieron hacerse pruebas” para la detección del germen causante de la infección que llevó al fallecimiento de la niña.

En la sentencia se mantiene que “considerando el importante periodo de tiempo que la niña permaneció en el hospital” y no habiendo acreditado el SCS pruebas que demuestren la imposibilidad de detectar o tratar efizcamente la infección, había una “probabilidad alta” de haber evitado la muerte por la causa que se produjo.

La niña fallecida, Natalia, que era gemela de otra, a los nueve días de nacer se le detectó un problema en el intestino (una enterocolitis necrotizante), por la que fue intervenida. Tras esta primera operación, y con poco más de un mes de vida, de nuevo fue intervenida para cerrarle la abertura que se le había realizado en la primera cirugía.

Tal y como explican los padres, la operación era “programada” y “sencilla”, pero también relatan que no salió bien, y que a los pocos días otra vez hubo que intervenir por tercera vez a la niña con carácter de “urgencia”.

Los padres aseguran que a pesar de las interveciones sucesivas a las que fue sometida la niña a lo largo de los 15 días que estuvo en la Residencia (ingresó el 3 de julio y falleció el 18 de 2007), les decían que “no era un problema” y que “todo estaba bien” a pesar de que la niña estuvo con un cuadro de fiebre “prácticamente toda la estancia”. Para más inri, los padres afirman que en el hospital les aseguraron que todo “estaba bien” el 17 de julio (víspera del fallecimiento), cuando la niña tenía ya los dos pulmones “encharcados”, respiraba “raro” y no dejó de llorar durante “siete horas”. Poco después sería bajada a la Unidad de Cuidados Intensivos, y el 18 fallecería tras un shock séptico y fallo multiorgánico.

Los padres han denunciado también que, en su estancia en el hospital, la niña no fue atendida por un pediatra, sino por un cirujano. Además, se han quejado de que la pequeña no estuvo monitorizada durante su ingreso, por lo que no se pudo comprobar las variaciones en el estado de la pequeña en esos días, y han afirmado que ellos mismos eran “los ojos de las enfermeras”.

Además, denuncian que cuando falleció tuvieron “bastantes trabas” para hacerse con el historial de su hija sobre su permanencia en la Residencia y han explicado que aunque “finalmente” se lo entregaron, faltaba la información referente a lo acontecido durante algunos de los días en que estuvo ingresada, concretamente el de la víspera a su muerte, un día que el padre de la pequeña considera “clave” en el fatal desenlace de su hija. Pese a que en el hospital les aseguraron que era el historial completo del ingreso, sus padres creen que a “alguien le ha interesado más” hacer que no se pueda conocer esta información que “asumir su responsabilidad”.

A juicio de los padres y de la sentencia, a la niña no le hicieron las pruebas suficientes durante su permanencia en el hospital, y es que tanto los padres de Natalia como el juez en la sentencia relatan que la pequeña solamente fue sometida a un hemocultivo en su estancia en el hospital, cinco días despúes de la segunda intervención, y en el que se le detectó un estafilococo para el que se le aplicó antibióticos.
En la sentencia, el juez entiende que considerando que la enfermedad que tenía la niña implica “un alto grado de riesgo” de la infección que causó su muerte, “la atención médica no debió pararse en la detección” del estafilococo, sino que debieron hacerse más pruebas (hemocultivos)” para comprobar si había infección.

Afirma que la Administración no ha aportado “datos objetivos” que permitan descartar que el germen se podría haber detectado con más pruebas ni tampoco ha explicado “convincentemente” los motivos de no hacerle más pruebas a pesar de que “consta” que la niña tuvo un cuadro de fiebre y cree que la probabilidad de haber salvado a la pequeña era “alta”.

Los padres de Natalia se han mostrado “satisfechos” por la sentencia porque reconoce la “responsabilidad” del Servicio Cántabro de Salud.
..Emilio Ramirez

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