Los médicos pagarán menos por la colegiación que seguirá siendo obligatoria

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El anteproyecto de ley de servicios profesionales que tanta expectación está generando puede entrar este viernes en el Consejo de Ministros. Su aprobación puede suponer un auténtico cambio en los colegios de médicos que tendrán que racionalizar el gasto porque se reducen los ingresos considerablemente.

Una de las principales características es que la cuota de inscripción se suprimirá, en algunos sitios es superior a 100 euros, y además no podrá superar los 240 euros anuales. Además, los colegios de pertenencia obligatoria como los de médicos, deberán ofrecer bonificaciones del 75% de la cuota a los profesionales en desempleo. En algunos casos supone un bajada de cuotas de cerca de un 25%.

En el caso de los colegios suele estar dividida entre la propia cuota colegial provincial, la de la OMC y los programas de protección social de la propia OMC. La reducción, por tanto, afecta muy directamente también a la OMC.

Otro aspecto esencial es la colegiación universal, es decir, para generar mayor competencia entre los colegios se establece la libertad territorial de colegiación, y por tanto se acaban los monopolios locales, el médico ya puede elegir colegio, probablemente el que ofrezca mejores servicios, menores cuotas o mayor afinidad.

Los cargos colegiales serán incompatibles con cargos políticos de cualquier administración, con cargos directivos en partidos, sindicatos u organizaciones empresariales o con cargos en la administración y dirección de aseguradoras que tengan relación con el colegio, y sus puestos no serán remunerados -salvo que la asamblea colegial lo decida por mayoría cualificada de tres quintos-. También quedan limitados los mandatos a dos legislaturas.

Los colegios tendrán prohibido competir en el mercado de servicios con sus colegiados, que además tendrán derecho a obtener la baja en un plazo máximo de dos días hábiles desde su solicitud, cuya presentación supondrá el cese del pago de la cuota.

Los colegios no podrán intervenir en el mercado de los servicios y entre los principios deontológicos se incluye la prohibición de contratar familiares directos o de recibir regalos o favores, entre otras cosas.

La información y la transparencia será una de las medidas exigidas por la ley, con publicación de la memoria anual y la obligación de auditoría en cuya ventanilla única deberá constar información de los colegiados expulsados o suspendidos del ejercicio profesional.

El número de profesiones de obligada colegiación será de 38, frente a las 80 que existen en la actualidad, en tanto que también quedarán fuera profesiones jurídicas y técnicas en régimen de dependencia laboral.

La colegiación será obligatoria para médicos, dentistas, farmacéuticos, veterinarios, enfermeros, fisioterapeutas, podólogos, ópticos-optometristas, biólogos, físicos, químicos, geólogos, psicólogos, arquitectos, arquitectos técnicos, abogados, procuradores, graduados sociales, notarios, registradores de la propiedad y mercantiles, así como las ingenierías e ingenierías técnicas reguladas. Sólo una ley nacional podrá crear obligaciones de colegiación y no habrá profesiones que sean obligatorias en unas comunidades autónomas y en otras no.
..Alfonso González

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