Para SEMES no se puede hacer un cambio sustancial en el modelo de formación especializada de espaldas a los profesionales

El pasado 25 de julio, el Consejo de Ministros aprobaba el Real Decreto 639/2014 del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad por el que se regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica, se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud, y se crean y modifican determinados títulos de especialista. Esta norma fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado seis de agosto.

La Sociedad Española de Medicina de Urgencias y Emergencias (SEMES), como entidad que representa a un colectivo, y siempre defendiendo los derechos e intereses profesionales del mismo, ha participado activamente en la elaboración de este Real Decreto con el fin de lograr el reconocimiento jurídico pleno de la especialidad de Medicina de Urgencias y Emergencias como especialidad primaria incluida en el tronco médico.

Sin embargo, SEMES considera ciertos aspectos de este Real Decreto que discrimina a los profesionales españoles y supone un alto coste para el Estado.

SEMES no está de acuerdo con el Real Decreto
En opinión de SEMES, y a través de un comunicado, no es de recibo realizar “un cambio sustancial en el modelo de formación especializada de espaldas al desarrollo científico y profesional y las necesidades sociales”, ya que el hecho de afrontarlo es “en sentido inverso a lo que se está haciendo en la mayor parte de los países de la Unión Europea y otros países de nuestro entorno”. Todo ello, como explica SEMES, se agrava sobremanera por el contexto de discriminación profesional que hay frente a especialistas de otros Estados miembros de la Unión Europea, a lo que también “habría que sumarle el elevado coste que supone para el Estado la nueva formación de médicos, médicos especialistas, enfermeros, odontólogos, veterinarios y matronas”.

Del mismo modo, SEMES se muestra contraria al modo en el que el Real Decreto configura la Medicina de Urgencias y Emergencias como un área de Capacitación Específica (ACE), y es que solamente se tendría acceso tras acabar alguna de las especialidades del tronco médico, acreditar un mínimo de dos años de práctica profesional en esa especialidad, y haber superado las correspondientes pruebas de acceso. Para SEMES, toda esta serie de requisitos no haría más que alargar y encarecer de manera innecesaria todo el periodo formativo, traduciéndose en una tardía incorporación al ámbito profesional y por lo tanto un acortamiento de la experiencia y vida laboral.

SEMES demanda al Ministerio de Sanidad
Algunos de los aspectos mencionados anteriormente se pusieron de relieve en sendos dictámenes que el Consejo de Ministros emitió en diciembre de 2013 y julio de 2014. Para SEMES, estas “poderosas razones” fueron “desoídas” por el Ministerio de Sanidad, motivo por el cual la Asamblea General de SEMES acordó la impugnación del Real Decreto 639/2014 de 25 de julio e interpuso ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo un recurso contencioso-administrativo el pasado 12 de septiembre.

Desde SEMES se indica que “con la interposición de este recurso se inicia un proceso judicial en el que habrá de revisarse la constitucionalidad y legalidad del Real Decreto y su conformidad con las normas del de derecho comunitario europeo”.
..Emilio Ramírez

 

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