El Tribunal Supremo da la razón al Colegio de Médicos de Toledo y ratifica la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-la Mancha de fecha 30 de septiembre de 2013 declarando nula y sin efecto la jubilación forzosa de una médico del Complejo Hospitalario de Toledo. Es la primera sentencia de este tipo donde se reconoce en Castilla-La Mancha la nulidad de la jubilación forzosa de una médico. Asimismo, la sentencia dictada por el Tribunal Supremo le reconoce el derecho a permanecer en el servicio activo hasta los 70 años. La médico demandante tendrá que ser indemnizada económicamente, incluidos los intereses de demora, por el Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (SESCAM). En dicha sentencia, y dentro de los fundamentos de derecho, se reconoce la nulidad del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del SESCAM de 21 de diciembre de 2011 por estimar que no reunía los requisitos legales para ser considerado un verdadero Plan de Ordenación de Recursos Humanos. (Médicos y Pacientes)