Un hospital privado de Sevilla debe abonar 300.000 euros a los padres de un niño que sufrió lesiones cerebrales durante el parto

La Audiencia de Madrid ha condenado a un hospital privado de Sevilla a abonar 300.000 euros a los padres de un niño que sufrió lesiones cerebrales durante el parto después de que la madre ingresara en el citado hospital con evidentes síntomas de desprendimiento de placenta. A pesar del cuadro sintomático que presentaba, no se avisó al ginecólogo ni se le practicó una cesárea hasta dos doras y media después de entrar en el centro sanitario.

La sentencia de la Audiencia revoca otra del Juzgado de Instrucción 1 de Majadahonda, que rechazó la posibilidad de que el padre, J.A.B.M., iniciara acciones legales en su nombre y en el de su hijo.

Los hechos se remontan al año 2000, cuando R. M. P. ingresaba en el citado hospital privado de la capital hispalense, embarazada de nueve meses y con “dolor abdominal intenso y constante con hemorragia moderada”. Según documentos del hospital aportados por la acusación, la paciente entraba en el hospital a las 21.00 horas, una hora que desde el propio centro hospitalario se niega, y es que calculan su entrada a las 23 horas.

Según el testimonio del padre, la madre esperó en la habitación dos horas sin que nadie la atendiera, a pesar de que estaba sangrando y había solicitado ser vista por el personal médico. “Nadie llamó a su ginecólogo ni el matrón del hospital la visitó hasta las 23:30 horas. En el control de enfermería nos dijeron que el matrón estaba cenando y que iría cuando terminara de comer”, declara a ABCdeSevilla J. A. B. M.

El ginecólogo, sin embargo declaró que tardó 10 minutos en llegar desde que se le avisó y  que “dos segundos” después de ver la gráfica de monitores ordenó practicar una cesárea de urgencia a R. M. P.  a las 00:30 horas.

La Audiencia de Madrid confirma que las lesiones del menor fueron provocadas por la hipoxia cerebral (ocurre cuando no llega suficiente oxígeno al cerebro) en el parto por un desprendimiento prematuro de la placenta. La Audiencia cree acreditada la actuación negligente del hospital por la demora en la atención de la madre, no así la del ginecólogo.

El niño, que tiene hoy 14 años, a consecuencia de las lesiones cerebrales que sufrió durante el alumbramiento, presenta una discapacidad psíquica del 41% que fue reconocida por la Junta de Andalucía en 2007, sufre retraso madurativo, retraso en el lenguaje y crisis epilépticas.

La compañía de seguros que aseguraba a la madre al ser funcionario, ya ha abonado los 300.000 euros a la familia, y deberá pagarle otros 42.690 euros de intereses legales desde la presentación de la demanda, formulada en 2011 por Rafael Martín Bueno, letrado de la Asociación de Víctimas de Negligencias Sanitarias.
..Emilio Ramirez

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