La Sala Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha condenado al Departamento de Salud del Gobierno Vasco a devolverle a un enfermo de parkinson lo que se gastó en adquirir un medicamento específico para su tratamiento, que dejaron de dispensarle al sustituirlo por otro genérico; la sentencia destaca que “el principio que debe imperar es que la prescripción se haga en la forma más apropiada para el beneficio de los pacientes”. De esta manera, el Tribunal haciendo una interpretación del Real Decreto Ley 16/2012, que estableció una nueva normativa sobre la prescripción y dispensación de los medicamentos basada en el coste de los mismos, utiliza esta misma normativa para aclarar que, a pesar de ello y como la misma disposición lo señala, el beneficio del paciente debe seguir siendo el pilar fundamental. En el caso concreto, al paciente diagnosticado de parkinson, con complicaciones motoras y síntomas no motores discapacitantes, dejaron de dispensarle el medicamento a partir de diciembre de 2012, al ser sustituido por uno genérico. (Acta Sanitaria)