Publicado en Diario Médico Diez asociaciones de médicos griegos presentaron una denuncia ante la Comisión de la Unión Europea, en la que describían cómo las condiciones laborales de su país no se ajustaban a la regulación comunitaria, en concreto a la Directiva 2003/88/CE sobre ordenación del tiempo de trabajo. La Comisión interpuso un recurso por incumplimiento ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ha sido resuelto dando la razón a las asociaciones de facultativos. La sentencia confirma que “la normativa griega posibilita que la duración semanal del trabajo supere el límite de 48 horas sin que ninguna disposición clara impida que las horas de guardia efectuadas por los médicos en el hospital no supongan tal superación”. Además, establece que el descanso de 24 horas que debe concederse a los médicos después de cada guardia activa pueda retrasarse hasta una semana a contar desde el día en que se efectúa la guardia.