Publicado en Diario Médico El Tribunal Constitucional (TC) ha dictado una providencia en la que acuerda admitir a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Gobierno central contra la Ley de Castilla-La Mancha 7/2015, de 2 de diciembre, que regula la jornada laboral de 35 horas de los funcionarios. Los magistrados también han acordado tanto la “suspensión” como la “aplicación de los artículos impugnados”. Esta decisión es una consecuencia automática de lo solicitado por el Gobierno en su recurso en virtud de lo establecido en el artículo 161.2 de la Constitución. El Ejecutivo defiende que la norma autonómica es contraria a lo establecido en la Ley de Presupuestos Generales de 2012, que fijó con carácter básico que “la jornada general de trabajo del personal del sector público no podrá ser inferior a 37 horas y media semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual”. Por su parte, la Administración autonómica argumentaba que el artículo 47 del texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público le otorga la competencia para establecer la jornada laboral de sus propios empleados públicos. El Constitucional ha acordado dar traslado de la demanda presentada al Congreso de los Diputados y al Senado, así como a las Cortes y a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que dispondrán de un plazo de 15 días para personarse en el proceso y formular las alegaciones que consideren convenientes.