Publicado en Estrella Digital La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, en Sentencia de fecha 26 de Mayo de 2016, estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por el condenado, un médico naturista especialista en medicina china contra la sentencia de fecha 14 de octubre de 2015 dictada por la Sección 7ª de la Audiencia Provincial de Alicante que lo condenó por un delito de abusos sexuales cometidos contra una mujer que había acudido a su consulta a recibir terapia y tratamiento por una lesión tras un accidente de tráfico, a la pena de tres años y seis meses de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, e inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de médico naturista y acupuntor, así como cualquier trabajo o servicio relacionado con la prestación de masajes durante seis años. Del mismo modo, el tribunal impone al acusado la prohibición de aproximarse a menos de 200 metros, al lugar donde resida, estudie o trabaje, así como comunicarse por cualquier medio con la víctima por un tiempo de seis años.