El sanitario afectado por un ERE puede ser despedido sin conocer la causa

Publicado en Redacción Médica
La empresa que ponga en marcha un procedimiento de despido colectivo (también conocido como expediente de regulación de empleo o ERE) no tiene necesidad de notificar a los trabajadores afectados las razones concretas por las que han sido incluidos en el mismo. Así se desprende de las sentencias de 21 de junio, y 5 y 14 de julio, del Tribunal Supremo, referidas a los recursos de amparo interpuestos por Bankia frente a denuncias de ex empleados involucrados en el proceso de despido colectivo que la entidad financiera llevó a cabo en 2013. La jurisprudencia generada señala que la ley no exige que en “la notificación del despido a los trabajadores individuales en un despido colectivo se incorporen los criterios de selección ni la baremación que al trabajador le corresponde en función de ellos. Aunque “no se han dado casos de procedimientos de despido colectivo en el personal sanitario estatutario”, Antonio Cabrera, secretario general de la Federación de Sanidad de Comisiones Obreras (CCOO) considera que, llegado el caso, sería igualmente aplicable.

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