Publicado en Acta Sanitaria La Sala Tercera del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia, a petición de una cuestión prejudicial por parte del Tribunal Civil de Malta, en un procedimiento en el que se dirime el reconocimiento de cualificaciones profesionales de la figura de los protésicos dentales clínicos (PDC), aclarando que los protésicos dentales no pueden ejercer de manera autónoma. Según dicho fallo y como recoge el Consejo General de Dentistas, se expone además que esta decisión no se opone a la normativa europea en vigor, concretamente, ni a la Directiva 2005/36/CE de Cualificaciones, ni al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.