Dos años de cárcel y seis de inhabilitación para un médico por consultar una historia sin consentimiento

..Redacción.
La Sección Sexta de la Audiencia Provincial de A Coruña ha condenado a 2 años y 7 meses de prisión, 6 años de inhabilitación y a pagar una indemnización de 1.500 euros a un médico del Servicio Gallego de Salud (SERGAS), con un delito contra la intimidad, por acceder al historial médico de un ex compañero que no le había dado su consentimiento ni era su paciente.

El mismo Tribunal ha solicitado al Gobierno la tramitación del indulto para el condenado, argumentando que los accesos sancionados se produjeron en “fechas lejanas, no constando que el perjudicado hubiese sufrido otra afectación que la referida al delito cometido”. Los magistrados también exponen que la conducta enjuiciada “se encuentra en el rango inferior del estándar de gravedad” que marca la ley en este tipo de casos.

El mismo Tribunal ha solicitado al Gobierno la tramitación del indulto para el condenado

La sentencia detalla que el procesado, aprovechando su condición de médico del SERGAS, sin que existiera razón asistencial alguna y sin consentimiento ni conocimiento del demandante, accedió los días 23 y 29 de junio de 2011 a su historia clínica electrónica “con la intención de conocer su estado de salud, en concreto, la existencia de un parte de baja por incapacidad temporal laboral”, que el afectado habría presentado para no acudir a un juicio. Aunque, como admitió el propio acusado, “una vez que se entra en la historia clínica electrónica del paciente se puede acceder a todas las pantallas”, no tenía autorización del trabajador ni tampoco responsabilidad asistencial sobre dicha persona como paciente, recalca la sentencia. De hecho, el trabajador testificó que no tuvo conocimiento de los accesos hasta la instrucción del juicio. En consecuencia, “no lo consintió y no tuvo relación asistencial con el acusado”.

Los magistrados aseguran que “la creencia de que actuaba lícitamente no es asumible” y recuerdan que el condenado accedió a estos “datos sensibles” y “especialmente protegidos” sin autorización. Asimismo, indican que el acceso no se realizó de forma “casual ni involuntaria”, si no que fue “reiterada”.

No tenía autorización del trabajador ni tampoco responsabilidad asistencial sobre dicha persona

En el juicio oral el acusado manifestó que a los pocos meses de estar trabajando como facultativo accedió al historial porque un ex compañero de la empresa Segaprel. SL le había llamado preguntándole si un médico de otra área sanitaria podía firmar la baja de un asegurado del SERGAS del área de Santiago, en relación al trabajador afectado. Le contestó que no. Luego este médico afirmó que, “por curiosidad, nada más”, accedió a los datos del que también era trabajador de Segaprel SL para saber si estaba de baja o no, que estaba aprendiendo a usar el programa Ianus, que no figuraban bajas y que no le respondió a dicho exempleado si estaba de baja.

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