Denuncia penal de Juliana Fariña a parte de la Junta del ICOMEM

La Presidenta del Colegio de Juliana Fariña ha decidido actuar contra los miembros de la Junta Directiva que han estado “mancillando” su prestigio, el de su gestión y realizando acciones por las que ella misma pide sean sancionados como dirigentes y como médicos. La OMC no puede dejar pasar la ocasión y tiene que atender la grave situación que está acaeciendo en el Colegio de Médicos de Madrid, que se quiere resolver mediante una consulta de unas elecciones a los compromisarios, pero que sin embargo una parte de la Junta no quiere que se realicen porque no están todavía preparados para presentarse.

Los denunciados son:

  • Dr. Miguel García Alarilla
  • Dr. José María Díez Cordero
  • Dr. Alberto López Muelas
  • Dr. Carlos González Galán
  • Dr. Angel Oso Cantero
  • Dr. Ricardo Rodríguez Cid
  • Dr. Miguel Angel Sánchez Chillón
  • Dr. Eduardo Gómez-Acebo Pombo

Las presuntas infracciones de los Estatutos del Colegio de Médicos (artículo 63) que han cometido los miembros de la Junta Directiva, según la Presidenta Juliana Fariña, que constan en la denuncia son:

  1. Una FALTA GRAVE por incumplimiento deliberado de los deberes contenidos en el Código de Ética y Deontología Médica siempre que no constituya falta muy grave.
  2. Otra FALTA GRAVE consistente en la indisciplina deliberadamente rebelde ante las prescripciones contenidas en estos Estatutos, o frente a los órganos de gobierno colegiales y, en general, la falta grave del respeto debido a éstos.
  3. Otra FALTA GRAVE consistente en actos y omisiones que atenten a la moral, decoro, dignidad, prestigio y honorabilidad de la profesión, o sean contrarios al respeto debido a los colegiados.
  4. Otra FALTA GRAVE consistente en la vulneración del secreto profesional, por culpa o negligencia, con perjuicio para tercero.
  5. Una FALTA MUY GRAVE consistente en la violación dolosa del secreto profesional.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de los Estatutos, la falta grave se sancionará con la suspensión del ejercicio profesional por tiempo inferior a un año…. y por falta muy grave se sancionará con la suspensión del ejercicio profesional por tiempo superior a un año e inferior a dos y en los casos de reiteración con la expulsión de la Corporación Colegial.

El artículo 64.7, prevé que en caso de sanción por falta muy grave que afecte al interés general se podrá dar publicidad en la prensa colegial.

Dado que se ha presentado denuncia por la vía penal, los Estatutos del Colegio de Médicos, prevén, en su artículo 70, la incoación del expediente y la resolución judicial penal firme vinculará al Colegio respecto al procedimiento disciplinario.

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