Isabel González
La joven fallecida el pasado sábado, Belén Langdom, a consecuencia de traumatismos ocasionados por la avalancha durante la macro fiesta organizada en el Madrid Arena, no podrá donar sus órganos por un auto del Tribunal Superior de Justicia (TSJM) por el cual según este tribunal “no fueron donados por estar su causa todavía bajo investigación judicial.”
Desde distintos medios se han sacado a la luz los diferentes testimonios tanto físicos como audiovisuales del supuesto exceso de aforo y la mala organización y seguridad de esta macro fiesta. El balance de fallecidos fue de cuatro chicas de entre 17 y 18 años de edad, Katia, Cristina y Rocío.
El Hospital 12 de octubre realizó la petición al TSJM para la extracción y custodia de los órganos de la joven aunque desde el Tribunal Superior argumentan que esta solicitud se hizo sin ser su fallecimiento por causas naturales sino “en el curso de unos hechos objeto de investigación judicial», aunque esta petición fuera autorizada por el padre de la menor, Nicolas Langdom, concretamente del hígado y riñones.
El Juzgado nº 14 de Madrid declara que, «a la vista de que la muerte de Belén Langdon está bajo investigación, decide no autorizar la extracción de los órganos […] con el objeto de no interferir ni frustrar la averiguación de lo acontecido ni poner en riesgo eventuales prácticas de prueba que en el futuro pudieran solicitarse».
La ley en España es clara en este sentido ya que descarta en sus protocolos donantes que, «hayan fallecido por agresiones que puedan interferir con la investigación judicial». Es un Real decreto que regula este tipo de procedimientos de obtención y utilización clínica de órganos humanos que especifica que, «en casos de muerte accidental, así como cuando medie una investigación judicial, antes de efectuarse la extracción de órganos deberá recabarse la autorización del juez que corresponda, el cual, previo informe del médico forense, deberá concederla siempre que no se obstaculice el resultado de la instrucción de las diligencias penales».
A este respecto, desde la Organización Nacional de Trasplantes se recuerda que desde la muerte del asesino de El Salobral, “una autopsia invalida totalmente los órganos para la donación”.
Su coordinador, Rafael Matesanz, comenta que van a pedir explicaciones al juez decano de Madrid aunque «respeta y acata la decisión”. «A nosotros nos sorprendió mucho que no se autorizará, sobre todo cuando previamente ya se había dado la autorización verbal», añade. Se debe incrementar el diálogo y evitar que se repitan este tipo de sucesos. «Siempre pueden haber algún caso que se quede en el limbo de las decisiones individuales», ha explicado, aunque en general los jueces que, «por ley en casos de muerte no natural deben autorizar antes de la extracción la donación» , suelen proceder de forma positiva a la autorización.
Desde el juzgado insisten, «no existió tal autorización verbal ni de ningún otro tipo antes de que el Hospital Universitario 12 de Octubre se pusiera en contacto con el titular de este órgano judicial para solicitar la autorización de donación», han señalado.
Al año no son más de doce las negativas que se producen desde los tribunales a las donaciones de fallecidos. «Los criterios sobre cómo actuar existen, lo que pasa es que el juez discierne sobre cada caso que tiene delante; aunque, el único criterio claro es que no interfiera en el proceso judicial y, lógicamente, se tiene que apoyar en lo que dice el forense», explica Matesanz. «La muerte estaba aparentemente muy clara, se contaba con la autorización del forense, y, sobre todo, porque si hacía falta algún tipo de muestra biología ésta se hubiera podido obtener en el momento de la donación de órganos”, añade. «Lo más relevante, lo que lamentó de verdad es que este tema se someta a discusión pública, sobre todo por la familia por la familia de la joven, y por la donante que en vida ya expresó su intención de querer donar», admite.
Desde la Organización Médica Colegial (OMC) su presidente, Juan José Rodríguez Sendín, pide al Consejo del Poder Judicial (CGPJ) que la donación no dependa de la interpretación de un juez, que se establezca unos criterios uniformes por los que un juez puede prohibir una donación de órganos para que no dependa solo de la interpretación del magistrado.
Rodríguez Sendín, presidente de la OMC, durante la presentación del Manual de Ética y Deontología Médica, a su vez reconoce «el mayor de los respetos a las decisiones judiciales» aunque a su criterio ha lamentado «que están esperando para un ser querido, con amenaza de muerte, un trasplante, y que lo tienen a la vuelta de la esquina» como de los familiares de la fallecida que querían esa donación para salvar otras vidas.
Desde la Organización también pedirán una valoración a los responsables de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT). «Esta chica estuvo cuatro días en el hospital antes de fallecer, por lo que fue súper estudiada y, por voluntad de los padres, se convirtió en donante y podría haber donado dos riñones, el páncreas, el hígado, las córneas, los ojos y los pulmones», ha explicado, para asegurar que, desde el punto de vista médico, «no es razonable» la actuación del juez de guardia.
Desde la ONT comentan que tienen «muy buena relación con los jueces» y que lo ocurrido con la joven del Madrid Arena ha sido una «situación excepcional», ya que «lo habitual es que los jueces colaboren en el proceso de donación».
La ONT colabora desde 1998 con el CGPJ realizando jornadas de formación continua en Santander entre jueces, forenses y coordinadores para ampliar el conocimiento e información sobre este tipo de temas. «aunque no se puede llegar a todos», hasta el momento «la colaboración siempre ha sido muy buena», recalca Matesanz.
El doctor Joan Monés, vocal de la Comisión Central de Deontología de la OMC, recuerda como los médicos actuaron según el Código Deontológico que mantiene que se puede mantener una vida vegetativa cuando se está esperando una donación.






