Madrid amplía a 8 municipios las restricciones y las mantiene en las 35 Zonas Básicas de Salud ya vigentes

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..Redacción.
La Comunidad de Madrid va a prorrogar las restricciones de entradas y salidas en las 35 Zonas Básicas de Salud ya vigentes. Además, va a ampliar esas restricciones a 8 municipios: Collado Villalba (en su totalidad), Galapagar, Morarzarzal, Alpedrete, Chinchón, Villaconejos, San Martín de Valdeiglesias y Pelayos de la Presa. Las limitaciones afectan a 835.051 madrileños, lo que se traduce en un 12,5% de la población.

Así lo han anunciado el viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid-19, Antonio Zapatero, y la directora general de Salud Pública, Elena Andradas. Ambos han explicado que se prorroga la vigencia de las restricciones recogidas y que afectan en total a las 35 zonas básicas de salud. La duración de dichas medidas se unifica para todos los ámbitos territoriales afectados y se prorrogan hasta el 22 de noviembre incluido. En estos nuevos ámbitos territoriales las medidas entrarán en vigor a las 00:00 horas del próximo lunes, 9 de noviembre, por un periodo inicial de catorce días.

Madrid prorroga las restricciones hasta el 22 de noviembre en las 35 Zonas Básicas de Salud y las amplía a 8 municipios

Los criterios actuales para establecer estas áreas son una incidencia acumulada en los últimos 14 días superior a los 500 casos por cada 100.000 habitantes; la acumulada en los últimos 14 días con una tendencia estable o creciente; y la contigüidad geográfica que facilite el control perimetral de la movilidad.

Medidas de restricción
Las restricciones en los municipios y Zonas Básicas de Salud En las zonas afectadas implica la entrada y salida de personas de su perímetro salvo en situaciones concretas y justificadas: motivos laborales; médicos; accesos a centros educativos; regreso a la zona de residencia; asistencia a personas mayores, menores o dependientes; acceso a entidades bancarias o de seguros, legales o administrativas; acudir a exámenes o cualquier otra necesidad prioritaria, urgente o de fuerza mayor. Los ciudadanos podrán desplazarse por la vía pública dentro de los perímetros de las zonas afectadas.

En estas zonas los horarios de actividad comercial se mantienen como en el resto de la región. Sin embargo, los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público no podrán superar el 50 % del aforo permitido. Por otro lado, los establecimientos de hostelería y restauración tendrán unas restricciones de aforo y horario similares a las del resto de la comunidad (sin servicio de barra, 50 % en interior y cierre a las 0:00 horas sin poder recibir nuevos clientes a partir de las 23:00) a excepción de que, además, deberán reducir el aforo de sus espacios exteriores al 50 %.

La actividad en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas se limita al 50 % de su aforo. Además, podrá realizarse práctica deportiva en instalaciones deportivas siempre que no se supere el 50% del aforo de la instalación en espacios interiores y el 60% en espacios exteriores. Cuando el ejercicio se haga en grupos se limita a un máximo de seis personas. Por último, se suspende la actividad de los parques infantiles de uso público.

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