Condena por no indagar en la imagen de una prueba preanestésica

La radiografía de tórax realizada como prueba preanestesia de un paciente que iba a ser intervenido de unas hemorroides reveló una sombra sospechosa, sobre la que se debía haber indagado. No se hizo y ahora el Juzgado de Primera Instancia número 72 de Madrid ha condenado a la compañía aseguradora del paciente a indemnizar a la familia con 100.000 euros. El enfermo falleció ocho meses después de ser operado de hemorroides, por un metástasis de un cáncer de pulmón. Rafael Martín Bueno, abogado colaborador de Avinesa, fue el letrado de la familia, que presentó su demanda argumentando que existió una mala praxis en la interpretación realizada por el anestesista y el médico de la radiografía de tórax practicada en las pruebas preanestésicas. Según los informes de los peritos presentes en el juicio, en la prueba de imagen se apreciaba una formación nodular ovalada, de densidad media, de aproximadamente 25 milímetros de diámetro localizada en el segmento anterior del lóbulo superior del pulmón derecho y, además, un ensanchamiento mediastínico paratraqueal superior derecho, que planteaba la posibilidad de una adenopatía de tamaño patológico en el mediastino.Ante la citada radiografía de tórax, la buena praxis obligaba a actuar, es decir, a indagar sobre la posible malignidad de la masa descubierta.Esto es así, aunque la intervención que motivó estas pruebas no tuviera nada que ver con el descubrimiento, pues el paciente fue operado de hemorroides. Al no hacerlo, el paciente perdió «oportunidades terapéuticas», que el informe de uno de los peritos estima que se produjo un retraso de entre cinco y seis meses. Ese retraso en el diagnóstico restó la posibilidad de reducir el tumor mediante cirugía.
(Diario Médico)

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