Anuario iSanidad 2024
Dr. José Luis Cebrián Carretero, presidente de la Sociedad Española de Cirugía Oral y Maxilofacial de Cabeza y Cuello (Secomcyc)
El año pasado, en este mismo anuario, quisimos destacar el papel que tiene la cirugía oral y maxilofacial en la medicina y cirugía 3D. Probablemente, no era algo que hubiese ocurrido durante 2023 solamente, pero si culminó ese año con la apertura de varios laboratorios 3D hospitalarios con gran implicación de los cirujanos maxilofaciales.
Este año, son numerosos los temas que han ocupado a nuestra especialidad. La consolidación como una de las especialidades más demanda das por los aspirantes a MIR, nuestra importante presencia en organismos europeos como la UEMS o el examen del Board (Ebomfs), nuestra participación en sociedades médicas multidisciplinares, pero quizás lo más relevante del año ha sido la polémica suscitada en torno a la regulación de la cirugía estética facial, que es una parte fundamental de nuestra especialidad.
Lo más relevante del año ha sido la polémica suscitada en torno a la regulación de la cirugía estética facial
Hace algo más de dos años, y tras diferentes incidentes que ocurrieron en ciertas intervenciones de cirugía estética, con grave daño para los pacientes, las instituciones se plantearon regular de una forma más restrictiva qué especialistas podían realizar los procedimientos de cirugía estética facial.
Desde el Ministerio de Sanidad se propuso hacerlo en base a los programas formativos de cada especialidad. Esto parecía tener todo el sentido, puesto que la medicina es y debe ser una actividad regulada, particularmente en países como el nuestro en los que existen posibilidades de hacerlo, aunque también planteaba algunos problemas ya que los programas de formación de las especialidades están poco actualizados y deberían ser renovados.
El de nuestra especialidad, por ejemplo, que es del año 2007 (aprobado por orden SCO/2753/2007, de 4 de septiembre, publicada en el BOE de 25 de septiembre de 2007) es de lo más modernos e incluye expresamente en su programa de formación la cirugía plástica, estética y reparadora cérvico facial.
Desde el punto de vista práctico, el principal problema surgía con la modificación de la unidad asistencial U.47, definida en el Real Decreto 1277/2003 como: unidad asistencial en la que un médico especialista en cirugía plástica, estética y reparadora u otro especialista quirúrgico en el ámbito de su respectiva especialidad es responsable de realizar tratamientos quirúrgicos, con finalidad de mejora estética corporal, facial o capilar.
Tras la aprobación en el Pleno del Congreso de los Diputados el 22 de septiembre de 2022 de una proposición no de ley de cambio de redacción que la hiciese más restrictiva y atendiendo a las alegaciones de las diversas especialidades implicadas en procedimientos estéticos cérvico-faciales, el pasado día 21 de septiembre de 2024 se publicó en el BOE una Orden Ministerial (SND/1002/2024), que modificaba la redacción de la siguiente manera: “unidad asistencial en la que un médico especialista en cirugía plástica, estética y reparadora u otra especialidad quirúrgica o médico quirúrgica en el ámbito y competencias indicadas en el programa oficial de su especialidad, es responsable de realizar tratamientos quirúrgicos, con finalidad de mejora estética corporal, facial o capilar”.
Supone una mayor regulación, pero volvemos al problema de que los programas deben actualizarse en base a los cambios que se han producido en las disciplinas médicas en los últimos 15 o 20 años
Esta nueva redacción parece exigir una formación adecuada que se deja en manos de los programas de cada especialidad. Al menos supone una mayor regulación, pero volvemos al problema de que los programas deben actualizarse en base a los cambios que se han producido en las disciplinas médicas en los últimos 15 o 20 años. Esa es la tarea de las comisiones nacionales de especialidad implicada y también del ministerio.
Así las cosas, recientemente la Audiencia Nacional ha suspendido de forma cautelar la orden ministerial de septiembre de 2024, alegando que el Real Decreto de 2003 no contenía previsión alguna sobre competencias profesionales. Por último, el día 28 de noviembre, el Ministerio de Sanidad ha abierto una consulta pública sobre la propuesta de modificación del Real Decreto 1277/2003, de manera que volvemos al punto de partida previo a los acontecimientos de 2022.
Debemos actualizar nuestros programas de formación asegurarnos de que se cumplen en las unidades acreditadas y luchar por una actividad regulada
A la espera de ver que nos depara el año 2025, la sensación que nos deja todo este proceso es que debemos actualizar nuestros programas de formación, asegurar nos de que se cumplen en las unidades acreditadas y luchar por una actividad regulada, ya que la lucha contra el intrusismo debe ser una prioridad fundamental de esta sociedad. Y finalmente, no olvidarnos nunca de que trabajamos por y para el paciente realizando procedimientos reglados y seguros.









