Acuerdo de los criterios para el nombramiento de interinos en Atención Primaria del SERMAS

Esta misma semana se ha cerrado un acuerdo de la Mesa Sectorial de Sanidad pata fijar los criterios para los nombramientos de personal interino en el ámbito de la Atención Primaria. Según ha anunciado la Comunidad de Madrid, el proceso se llevará a cabo en dos fases. En 2014 y 2015 se efectuaron nombramientos de personal interino en los centros dependientes del SERMAS sin que, hasta el momento, se haya podido aplicar esta medida.

Fase 1

  • La primera fase de este proceso afecta al personal estatutario con nombramiento en Tual que lleve más de dos años consecutivos en una misma plaza vacante incluida en la plantilla orgánica de la gerencia de atención primaria a por los concursos de traslados u OPE’s.
  • Asimismo, afecta el personal estatutario interino eventual que llevar dos años en la plaza vacante de la plantilla orgánica de la agencia que se primaria, que como consecuencia de las tomas de posesión de los productos lectivos y concursos de traslados efectos en el año 2015, se viste desplazado la misma y recolocado, sin solución de continuidad, en otra plaza vacante de la misma plantilla orgánica.
  • En ambos casos el nombramiento interinos de factura de manera automática y a favor del titular de la plaza que viene ocupando la fecha de suscripción del acuerdo, ello, sin perjuicio, de la interposición de los recursos que se considere necesarios.

Fase 2

  • La segunda fase, afecta al personal estatutario con nombramiento de carácter temporal, ya sea interino, sustituto o eventual que, a fecha de 16 de enero de 2016, prestaba servicio en la gerencia atención primaria, encadenado nombramiento de personal estatutario temporal durante más de dos años, aun cuando a la fecha de este acuerdo no se encuentra activo.
  • A estos efectos, se procederá a valorar a todos aquellos funciones, de las distintas categorías estatutarias que prestan servicios en la gerencia atención primaria que reúnan los requisitos señalado en el párrafo anterior. Para esta valoración, se tendrá en cuenta los servicios prestados en la misma categoría en instituciones sanitarias públicas del sistema Nacional de salud, siendo adjudicadas las plazas ofertadas mediante acto público por orden de prelación.

Los médicos de familia en plazas de pediatría podrán optar a plazas de médico de familia en la segunda fase, siempre que cumplan con el requisito de permanencia durante dos años, a cuyos efectos se les computará toda la antigüedad que pudieran acreditar tanto como médico de familia como en plazas de pediatría. En caso de aspirantes al igual puntuación como a los desempates afectarán teniendo en cuenta la puntuación por antigüedad de la misma categoría en el servicio madrileño de salud, de persistir en parte se resolverá conforme a la letra del sorteo anual que se efectúa desde la dirección General de función pública.

Por otro lado, el acuerdo contempla que la fecha de corte a tener en cuenta para la valoración de los profesionales será el 16 de enero de 2016.
..Redacción

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