Los consentimientos genéricos terminan siempre en condena

Los consentimientos informados deben cumplir con unos mínimos requisitos para que sean efectivos. En muchas ocasiones los facultativos trabajan sobre documentos generales que no reflejan la naturaleza ni los riesgos de las intervenciones, lo cual termina siempre en condena cuando hay una reclamación de por medio.

En este caso una paciente de 64 años ingresó en un hospital para que se le practicase una operación de artroplastia total de cadera izquierda, siendo intervenida por un especialista en traumatología. Antes de la intervención, la demandante podía hacer vida normal, valiéndose por sí misma.

En muchas ocasiones los facultativos trabajan sobre documentos generales que no reflejan la naturaleza ni los riesgos de las intervenciones

La mujer alegó que si consintió en operarse fue porque el doctor le garantizó que con ello se resolvería la dolencia de cadera y mejoraría su calidad de vida. Sin embargo el resultado empeoró su situación anterior y, volviéndose completamente dependiente. Sostenía que no se le informó debidamente de que la situación posterior podría llegar a ser peor.

Los problemas y molestias comenzaron al día siguiente a la intervención, presentando un dolor intenso en la cadera izquierda con sensación de falta de fuerza en toda la pierna izquierda y de alteraciones en la sensibilidad de dicho miembro. Pasados unos días se le dio el alta a pesar de persistir las alteraciones motoras y sensitivas.

Tras la operación, la demandante justificó que tuvo que acudir en numerosas ocasiones a consultas de traumatología, neurología, unidad del dolor, fisioterapia, recibiendo diferentes tratamientos médicos y rehabilitadores al persistir los fuertes dolores y sintomatología en la pierna izquierda.

Al no mejorar su estado, continuó con los tratamientos y se valoró que podía tener una lesión del nervio femoral según el electromiograma realizado tras la cirugía en la cadera. Días más tarde se realizó un nuevo electromiograma que confirmó la existencia de mononeuropatía axonal severa del nervio femoral izquierdo, de localización en la pelvis con signos de denervación activa en ese momento. Se le realizó también una gammagrafía con galio en la que se vio la existencia de signos de movilización séptica de prótesis de cadera izquierda, por lo que se valoró una segunda operación para el tratamiento de recambio de prótesis total.

Se encargó un informe pericial que, a pesar de no tener acceso a la documentación médica, concluyó que la actuación del doctor que operó a la paciente fue contraria a la lex artis, sin informar correctamente a la paciente, habiendo empleado un consentimiento informado genérico, sin incluir el nombre de la paciente ni el tipo de intervención ni los riesgos.

Los distintos informes periciales reconocían la existencia de dolor. Sin embargo, no se demostró suficientemente la existencia de rotura de nervio, dadas las versiones contradictorias mantenidas por los facultativos y del hecho que la movilidad se mantenía, sin perjuicio de la parexia del nervio femoral izquierdo.

La sentencia dictó que no podía ser objeto de reclamación la incapacidad temporal derivada de la operación ya que no procedía de una mala praxis sino simplemente de la operación y los riesgos habituales que podían producirse.

La obligación del personal sanitario no es la de obtener la recuperación del enfermo sino una obligación de medios

Se reconoció también que la obligación del personal sanitario no es la de obtener la recuperación del enfermo sino una obligación de medios; es decir, se obliga a proporcionar al paciente todos los cuidados que requiera según el estado de la ciencia.

A pesar de que no se había prestado el consentimiento informado adecuado, para reclamar por daños y secuelas es necesario demostrar fehacientemente que se ha producido un daño en la salud y, de no demostrarse, no cabe en ningún modo hablar de responsabilidad de los médicos que hubieran intervenido.

De esta manera se falló estimando parcialmente la demanda y condenando únicamente al abono de 18.000 euros –de los 118.459 reclamados- por la falta de un consentimiento informado completo, un elemento trascendental en el trabajo del personal médico. En todo caso la condena se rebajó más que sustancialmente -hasta reducirse en casi un 90 por ciento sobre lo reclamado- gracias a la defensa de abogados especialistas en derecho sanitario.
..Lex Sanitaria

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