Discriminación en el derecho a readmisión entre empleados públicos fijos y no fijos, tras un posible despido improcedente

El derecho a readmisión de una enfermera con contrato indefinido no fijo, tras dos contratos de interinidad, planteado en el tribunal europeo por el Juzgado de lo Social número 2 de Terrasa, ha conducido a que Julianne Kokott, abogada general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), argumente en la propuesta de resolución que: “Según el Acuerdo Marco supone una discriminación para los trabajadores temporales del sector público el hecho de que no se les confiera con carácter general un derecho legal a ser readmitidos después de que el empleador haya puesto fin de manera ilegal a su relación laboral, mientras que los empleados públicos fijos sí tienen tal derecho”. Alude de este modo a una discriminación de trato entre los empleados públicos fijos y los empleados públicos no fijos. Las conclusiones de la Abogada General no son vinculantes, pero sí orientan la línea de actuación que seguirá el Tribunal en su sentencia.Y habrá de ser la justicia de nuestro país la que sentencie si el despido es o no procedente.

La enfermera pidió su reincorporación a jornada completa tras su vuelta de una excedencia de tres años

Después de firmar un contrato indefinido no fijo, y de disfrutar de una excedencia de tres años, la enfermera pidió su reincorporación a jornada completa. El Consorcio Sanitario de Terrassa le planteó un trabajo a tiempo parcial, al no disponer de plazas vacantes a tiempo completo. Ante la negativa de la sanitaria a acudir a su trabajo, ésta recibió un despido disciplinario, que recurrió ante el tribunal español para que fuera considerado abusivo (con su consecuente indemnización o readmisión).

Kokott ha argumentado que la readmisión de un empleado temporal que ha sufrido un despido indebido, no afecta de forma negativa al estatus de los empleados públicos fijos y tampoco le otorga al readmitido ventajas ilegales, ya que su readmisión no implica que su contrato torne de temporal a fijo.
..Flor Cid

Opinión

Multimedia

Economía

Accede a iSanidad

Síguenos en