Publicado en Con Salud La residencia es un periodo de formación pero también supone la primera experiencia laboral para la mayoría de los médicos en España. En esta etapa los MIR disponen de un contrato laboral con características especiales para velar tanto por la parte docente como la asistencial. Según el Real Decreto 1146/2006, la normativa que regula la relación laboral de todos los residentes especialistas en Ciencias de la Salud, este tipo de contratos tienen una duración de un año y se renuevan cada año hasta la finalización de la residencia. En primer lugar, la jornada laboral estará determinada por el convenio colectivo de los trabajadores, aunque no podrá exceder las 37,5 horas a la semana. Además, entre un turno y otro el residente debe tener un margen de 12 horas. En el caso de turnos ininterrumpidos de 24 horas, como puede ser durante una guardia, también se aplica el mismo tiempo de descaso.