Las comunidades autónomas deberán notificar cada semana los casos de profesionales sanitarios infectados por Covid-19

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..Cristina Cebrián.
La vigilancia epidemiológica es una de las medidas clave para poder avanzar en la desescalada tras la crisis del Covid-19. En este sentido, el Ministerio de Sanidad ha emitido una orden que regula los procedimientos de obtención y comunicación de información para la vigilancia epidemiológica.

La orden ministerial, publicada en el BOE de este martes, establece que las CC. AA. deberán recoger semanalmente el número de profesionales sanitarios infectados, así como de casos resueltos y las altas y bajas que se han dado. La información recogida también deberá incluir el lugar de trabajo del personal sanitario contagiado; en qué ámbito se pudo producir el contagio y el aislamiento de casos y la identificación de contactos, entre otros.

La información recogida también deberá incluir el lugar de trabajo de los profesionales sanitarios contagiados por Covid-19 y en qué ámbito se pudo producir el contagio

Además, los centros sanitarios y sociosanitarios, públicos y privados, así como los profesionales sanitarios, están “obligados a facilitar todos los datos necesarios para el seguimiento y la vigilancia epidemiológica del Covid-19 a la autoridad de salud pública competente”. Para ello, deberán ajustarse al formato y plazos de entrega adecuados.

Pruebas diagnósticas a casos sospechosos
Otro aspecto que recoge la orden ministerial se refiere a la realización de pruebas PCR u otra técnica de diagnóstico molecular adecuada a cada caso sospechoso de Covid-19 en las primeras 24 horas desde el conocimiento de los síntomas. Para ceñirse a la definición de cuadro sospechoso la orden remite a una próxima aprobación de esta definición en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS).

Por otra parte, desde este martes las unidades de salud pública de las CC. AA. deberán obtener a diario los datos de casos sospechosos y confirmados, del sistema público y privado, así como de los servicios de prevención de riesgos laborales. Asimismo, estas unidades continuarán remitiendo la información epidemiológica agregada al Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias (CCAES).

Las CC. AA. informarán a diario de los casos sospechosos atendidos, diferenciando los de atención primaria de los de hospitalizada

Eso sí, a partir de ahora, se recogerá información más detallada, por lo que las CC. AA. “informarán a diario de los casos sospechosos atendidos, diferenciando los de atención primaria de los de hospitalizada”. Además, cada semana se recogerán los casos con infección resuelta acumulados y el número de profesionales de los servicios de vigilancia epidemiológica dedicados a la respuesta de Covid-19 en relación al número de casos diarios detectados y a la población de referencia.

Personal de refuerzo y laboratorios autorizados
Por otro lado, el Ministerio señala la obligación de indicar el personal inicial y el nuevo personal de refuerzo incorporado. Además, se recogerá el porcentaje de casos sospechosos de Covid-19 a los que se les ha realizado una PCR o similar. Las CC. AA. también deberán enviar el porcentaje de contactos estrechos que desarrollan síntomas durante el seguimiento y número de estos contactos que se confirman como casos.

En cuanto a la realización de pruebas diagnósticas, los laboratorios autorizados para este fin deberán remitir diariamente información detallada al Ministerio de Sanidad. Deberán hacerlo con el identificador del paciente, si la prueba la indicó atención primaria o especializada, el tipo de la prueba que se le ha realizado, la fecha de la realización y el resultado.

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