Condenan a la Consejería de Sanidad por la jubilación “forzosa”

Los servicios jurídicos de AMYTS han tramitado una condena contra la Comunidad de Madrid en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 1. Se trata de un médico mayor de 65 años al que ahora tienen que abonar la retribución comprendida desde el día 16 de mayo de 2013 al 6 de enero de 2014.

La Comunidad le jubiló forzosamente y le denegó la permanencia al entender que no tenía derecho al reingreso activo durante ese periodo al entrar en vigor la limitación del servicio activo al 30% del personal sanitario mayor de 65 años, medida incluida en el Plan de Sostenibilidad de la Consejería de Sanidad aprobado por Javier Fernández-Lasquetty, anterior consejero de Sanidad.

Aunque deben abonarse las cantidades que haya cobrado en concepto de jubilación, se deben descontar y reducir para no darse una situación de enriquecimiento ilícito.

El juez considera que la resolución remitida por la Consejería para no prorrogar el servicio activo del recurrente es “parca, abstracta, indeterminada y no acredita las razones objetivas por las que la Administración consideró oportuno no prorrogar la situación de servicio activo y, en consecuencia, procedió a jubilarlo forzosamente”.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que deberá interponerse dentro del plazo de 15 días siguientes a su notificación ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. De hecho, la Comunidad de Madrid ha tenido ya sentencias favorables a la administración por la aplicación de la limitación del servicio activo al 30 por ciento del personal en edad de jubilarse. Concretamente, aluden a tres sentencias en las que se ha rechazado o inadmitido el recurso.
..Alfonso González

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