Los hematólogos defienden que no se compense económicamente la donación de médula ni que sea para pacientes concretos

La Sociedad Española de Hematología y Hemoterapia (SEHH) recuerda que en España existe una normativa legal encuadrada en la Orden Ministerial SSI/2512/2013 de 18 de diciembre y en la Ley 24/2014 de 20 de noviembre por la que se regula el procedimiento de autorización para la realización de actividades de promoción y publicidad de la donación de células y tejidos humanos, y que establece el marco legal que regula las campañas de donación de médula ósea en España y las hace dependientes de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT).

En estas disposiciones legales, se indica que no se pueden pedir compensaciones económicas por la donación, ni realizar publicidad engañosa, al tiempo que tampoco es posible realizar llamamientos para una persona en concreto y que el registro de donantes de médula ósea será único, público e integrado en los centros de captación de donantes en el Sistema Nacional de Salud (SNS). “Esta ley es de obligado cumplimiento para cualquier entidad pública o privada”, remarca la orden ministerial.

Y es que esta sociedad ha emitido un comunicado en relación con las recientes declaraciones de la empresa alemana DKMS en algunos medios de comunicación con respecto a la promoción de la donación de médula ósea en nuestro país, para llevar a cabo el desarrollo de campañas de sensibilización y difusión para la donación de médula ósea, pero sin captar donantes. La intención que tuvo DKMS queda fuera de este marco legal y su actuación solo debe limitarse a la promoción y publicidad regida siempre bajo los criterios que marca la ONT.

Ante este panorama, los hematólogos aclaran que cualquier entidad pública o privada que tenga como pretensión desarrollar su actividad en la promoción de la donación en España, independientemente de sus declaraciones de intenciones de colaboración, deberá acatar la Ley por la que se regula el procedimiento de autorización para la realización de actividades tanto de promoción y publicidad de la donación de células y tejidos humanos, que establece que todas las campañas son dependientes de la Organización Nacional de Trasplantes (ONT).

Principio de solidaridad internacional
En España, la donación de médula ósea y progenitores hematopoyéticos se rige por el principio de solidaridad internacional, de manera que los datos de todos los donantes quedan inscritos en el Registro Español de Donantes de Médula Ósea (REDMO) y pasan al Registro Mundial de Donantes de Médula Ósea, quedando a partir de ese momento a disposición de cualquier paciente que los necesite. Este protocolo garantiza que todos los pacientes estén en las mismas condiciones, y por ende dispongan de iguales oportunidades de encontrar un donante con independencia del país del que proceden.

Esto ha permitido poner en marcha en noviembre de 2012 el Plan Nacional de Médula Ósea, con el que el número de donantes se ha situado en 170.000, de los cuales, 33.000 se sumaron en 2014. Este dato supone un 34% más del objetivo que se había puesto para ese año, que era de 25.000 donantes, lo que pone de manifiesto “que nos acerca a la media de nuestro entorno, e indica que la dinámica establecida hará que se superen todas las expectativas”.recuerda la SEHH.
..Emilio Ramirez

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