Una mutua en Vigo tendrá que indemnizar a un paciente por dejarle un trozo de ajuga quirúrgica en la rodilla que le operaron

Una Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social (Fremap) ha sido condenada a indemnizar a un hombre de Vigo de 33 años  por los daños y perjuicios ocasionados al dejar el fragmento de una aguja quirúrgica olvidada después de realizarle una cirugía de menisco y ligamento cruzado anterior.

Y es que así lo ha informado la asociación El Defensor del Paciente en relación a una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) referente a unos hechos ocurridos el 31 de octubre de 2008, cuando el paciente O. C. P.,  fue sometido a una “intervención de plastia de ligamentos cruzados vía artroscopia, bajo raquianestesia”.

En una revisión efectuada a las tres semanas de la operación, y de manifestar en principio una evolución natural positiva, y es que como relata la asociación, “se hace constar en el informe médico de especialista en cirugía ortopédica y traumatología que el paciente se encuentra bien, sin dolor en la rodilla”,  pero si presenta molestias “a nivel femoral, fundamentalmente a la flexión de la rodilla y a la palpación de la zona”, y es que se comprobó mediante una radiografía la existencia del fragmento de una aguja quirúrgica.

El 24 de noviembre de 2008, la aguja le fue extraída al paciente bajo bloqueo femoral del miembro inferior izquierdo y anestesia local. Con el paso del tiempo, “consiguió la flexo-extensión de rodilla y fue ganando cuádriceps”, destaca la asociación; además, en las siguientes revisiones médicas se indica cómo iba “ganando potencia en el cuádriceps e isquiotibiales”, que la rodilla se encontraba “estable”, pero presentaba “molestias esporádicas”.

El Defensor del Paciente, explica que como la mutua “no reconoció su responsabilidad en vía de reclamación patrimonial”, el paciente formuló “la oportuna demanda”. El abogado del paciente apunta que la Sala del Alto Tribunal resalta el “incuestionable carácter negligente de la actuación médica” al olvidar la aguja quirúrgica en el interior de la pierna del paciente, y con ello, “la infracción de la ‘lex artis’, así como la antijuridicidad del daño, por no tener el afectado la obligación jurídica de soportar dicho daño”.

Por ello el TSXG condena a Fremap a indemnizar al trabajador “en el daño evaluable, consistente en la necesidad de extracción del material quirúrgico, y en los días necesarios para su curación y recuperación”.
..Emilio Ramirez

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