El Tribunal Supremo ha dictado dos sentencias por las que condena al Servicio Madrileño de Salud (Sermas) a pagar a dos pacientes sendas indemnizaciones de 699. 976, 13 euros y 700.000 euros respectivamente por mala praxis sanitaria y pérdida de oportunidad. En la primera de ellas, la Sala Contenciosa censura que el hospital público no realizara a una paciente un “nuevo estudio preanestésico donde podría haber obtenido la información precisa de que era alérgica al Nolotil y no haber dado por bueno, sin más, el realizado en enero de 2007, unos meses antes de la operación de reconstrucción mamaria”, que se realizó en agosto de ese año. La sentencia explica que la alergia medicamentosa habría sido la causa más probable de la bradicardia y posterior parada cardiaca que se produjeron al finalizar la intervención quirúrgica”. Para el Supremo, no sólo se produjo una infracción de la lex artis al no haber hecho un estudio preanestésico antes de la operación practicada en el mes de agosto sino que “la reacción anestésica padecida no fue adecuadamente abordada”. El fallo razona que se produjo una parada cardiaca con hipoxia que pasó “inadvertida al personal sanitario” durante el tiempo suficiente para que produjera unas lesiones irreversibles. (Diario Médico)