El fallecimiento de un paciente en los alrededores de un centro de salud suele provocar con cierta frecuencia el debate de si el médico está obligado o no a abandonar su puesto de trabajo para asistir al enfermo. Un juzgado penal de Almería señaló que los protocolos de Urgencias aprobados por el Servicio de Salud Andaluz impiden a un médico salir a atender a urgencia y dejar sólo el centro sanitario, pues necesita que regrese de la visita su compañero. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a un médico de Familia a seis meses de inhabilitación para ejercer la profesión y a pagar una indemnización de 100.000 euros por un delito de omisión del deber de socorro. El Jurado Popular, que es el competente para enjuiciar este tipo de delito, considera probado que el facultativo se negó a atender a un paciente que sufrió una parada cardiorrespiratoria a unos 700 metros del consultorio y que falleció minutos después sin recibir asistencia sanitaria. (Diario Médico)