El Consejo General de Dentistas denuncia la venta ilegal del blanqueante dental White Light Smile a pacientes y pide su retirada

El Consejo General de Dentistas de España ha denunciado ante la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, zona donde está dada de alta la empresa que vende el producto, la venta ilegal del blanqueante dental White Light Smile, solicitando que se tomen las medidas cautelares oportunas para suspender su publicidad, su venta, así como también proceder a la retirada del producto del mercado.

Según la legislación vigente, los productos blanqueantes con una concentración de agente blanqueante (directas o liberadas en reacción) superiores a 0,3% de peróxido de carbamida o 0,1% de peróxido de hidrógeno, solamente pueden ser distribuidos de forma exclusiva a dentistas. Debido a la elevada concentración de agente blanqueante que contiene en este caso el producto White Light Smile con un 35% de peróxido de carbamida, este producto únicamente puede ser utilizado y aplicado por odontólogos y estomatólogos en una clínica dental.

Sin embargo, la realidad es bien distinta, y es que White Light Smile se está vendiendo ilegal y directamente a pacientes a través de su página web y numerosos portales de Internet en la Red como Amazon, eBay, Groupon o teletienda-televisión, algo que además de ser ilegal, pone en peligro la salud de la población.

Al paciente se le induce al engaño
Los dentistas afirman que no se facilita al paciente una información adecuada, veraz y objetiva en relación al producto, por lo que se está induciendo también al engaño, y se deja a los ciudadanos en una situación de desamparo y desprotección.

Por ello, el Consejo General de Dentistas ha recordado que los pacientes que quieran someterse a un tratamiento de blanqueamiento dental deberán acudir siempre a una clínica odontológica para que el dentista efectúe el necesario reconocimiento previo para descartar posibles factores de riesgo o patologías orales que desaconsejen su utilización, haga el diagnóstico adecuado, y realice así de forma segura el mejor tratamiento posible.

Además, este tipo de productos blanqueantes no son inocuos por lo que un tratamiento de blanqueamiento dental que no sea realizado por un dentista o bajo su supervisión directa podría tener efectos negativos en la salud del paciente.

Del mismo modo y con el fin de proteger la salud y aclarar a la población el uso adecuado de los productos que habitualmente son utilizados en los blanqueamientos dentales, el Consejo General ha recapitulado algunos aspectos sobre los blanqueantes que contienen una concentración superiores a 0,3% de peróxido de carbamida, o 0,1% de peróxido de hidrógeno.

Al respecto han recordado que solamente pueden ser distribuidos de forma exclusiva a dentistas, y que en ningún caso pueden ser vendidos directamente a pacientes. Además, en cada ciclo de utilización del blanqueante dental, el primer uso está restringido a odontólogos cualificados o deberá tener lugar bajo su supervisión directa siempre que se garantice un grado de seguridad equivalente.

En el caso de los productos que presenten una concentración superior al 16% de peróxido de carbamida o al 6% de peróxido de hidrógeno deberán ser utilizados única y exclusivamente por el dentista durante todo el tiempo que dure el tratamiento.

Asimismo, el Consejo General ha advertido que algunos de estos productos tampoco cumplen con la legislación vigente sobre etiquetado ya que no se detalla la concentración exacta del porcentaje del agente blanqueante que contienen. En cualquier caso, todos deben disponer de la autorización sanitaria correspondiente otorgada por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS).
..Redacción

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