La Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios muestra su postura ante el RD que reforma la gestión y control de la IT

La FAISS (Federación de Asociaciones de Inspección de Servicios Sanitarios) ha emitido un comunicado a fecha de 26 de junio sobre la Orden ESS 1187/2015 que desarrolla el RD 625/2015 y la reforma de la gestión y control de la Incapacidad Temporal (IT) en su conjunto.

A modo de decálogo, la opinión de la FAISS es la siguiente:

1. Con la publicación en el BOE del 20/06/15 de la Orden ESS 1187/2015, que desarrolla el RD 625/2015 sobre gestión y control de la Incapacidad Temporal (IT), se completa la tripleta legislativa (Ley de Mutuas, RD y Orden) con la que el Gobierno de España entrega a la Patronal el control de las bajas laborales de la casi totalidad de trabajadores de nuestro país. Y también una parte no despreciable de las competencias del Sistema Nacional de Salud (SNS) cuya gestión corresponde a las Comunidades Autónomas.

2. Las tres normas se han elaborado y aprobado de forma unilateral por el gobierno del Partido Popular, que no aceptado la colaboración y se ha posicionado en contra de los criterios del resto de interlocutores políticos, sociales (sindicatos de trabajadores), facultativos asistenciales del SNS (sociedades médicas) y profesionales de la Inspección de Servicios Sanitarios del SNS (FAISS).

3. Toda la reforma se ha impulsado por las presiones empresariales, desde hace mucho tiempo, para hacerse con ese control a través de sus sociedades instrumentales, que es lo que son en definitiva las Mutuas Patronales. Y con el falso argumento de una incidencia y gasto abusivos que no solamente no ha sido probado sino que todas las estadísticas internacionales y españolas desmienten.

4. La Orden recientemente aprobada desarrolla un nuevo procedimiento de emisión de partes de IT, según expectativas de duración de la baja, que es de gran complejidad práctica en su conjunto y basada en unas llamadas “tablas de duración óptima” metodológica y científicamente débiles.

5. Se exige la emisión de un número excesivo de “informes médicos complementarios” para todos los casos, sin tener en cuenta si se ha desviado la duración prevista del proceso de baja. En principio se simula una confianza en el médico, pero se le hace emitir multitud de informes sin valorar el proceso de forma individualizada, lo que no tiene sentido.

6. Se prevé que la Orden entre en vigor el 01/12/15, a los seis meses de su publicación, pero nada se dice sobre la financiación de los costes de reformar informáticamente los sistemas de gestión clínica asistenciales y de inspección de las 17 Comunidades Autónomas y del INGESA (Ceuta y Melilla).

7. La competencia atribuida a las mutuas de indicar pruebas y tratamientos por propia iniciativa, sin el requisito de haberse hecho por los médicos del SNS, les concede el liderazgo de dirigir el proceso asistencial por el hecho de que el enfermo trabajador esté de baja. Ello va a suponer que con cargo a los fondos sanitarios públicos, se priorizará la asistencia de los trabajadores frente al resto de la población, lo que rompe el principio de equidad del Sistema. Todo esto descapitalizará a los centros propios del SNS que desviaría parte de sus fondos en favor de las Mutuas.

8. Por otra parte, sigue latente el peligro de que el INSS y las Mutuas, con la excusa de controlar la adecuación de una prestación económica, tengan acceso a la “totalidad de la historia clínica” de “todos los trabajadores del Sistema de la Seguridad Social”, hayan estado de baja o no en alguna ocasión.

9. Ninguna autoridad pública del Estado central o de las Comunidades Autónomas, ni el INSS (en sus revisiones parciales, caso a caso de las reclamaciones de los trabajadores o de la Inspección Sanitaria del SNS), controla de forma sistematizada (estructura, proceso, resultados y rendimientos) toda la actividad asistencial sanitaria (consultas, pruebas, tratamientos, intervenciones quirúrgicas) que las Mutuas hacen con cargo a los fondos públicos, como sí ocurre con cualquier Centro de Salud y los hospitales del SNS; es decir, transparencia “cero”.

10. Por último, un par de propuestas a los próximos gobiernos:

  • A corto plazo, a los gobiernos de la mayoría de las Comunidades Autónomas, en formación en estos días: que se organicen de forma coordinada, a pesar de la orfandad general que padecen con el Ministerio de Sanidad, para estudiar los costes que la gestión y control de la IT les supone a los Servicios Regionales de Salud (SRS) y exigir un pago acorde con ello al INSS y a las Mutuas.
  • A medio plazo, al futuro Gobierno de España: que legisle la integración de las Mutuas con sus recursos asistenciales en el SNS, como preveía la Disposición Final 3.ª de la Ley General de Sanidad, para que las listas de espera, por falta creciente de medios, no fueran una coartada para este círculo vicioso en el que son aquéllas las únicas beneficiadas, y los perjudicados, los pacientes, el SNS y la sociedad en su conjunto.

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