Condena al CatSalut a indemnizar con 150.000 € a los padres de un bebé fallecido por lesiones en el Hospital de Figueres

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado al CatSalut a indemnizar con 150.000 euros a los padres de un bebé que murió por las lesiones que sufrió al nacer en el Hospital de Figueres.

El tribunal ve una clara “relación de causalidad” entre el irregular servicio sanitario prestado a la madre y el fallecimiento del bebé.

La familia que, trasladó el caso a los juzgados, inicialmente se consideró que la actuación médica había sido la correcta y se desestimó la reclamación, pero finalmente el TSJC estimó el recurso y, ahora ha anulado la sentencia y condena a CatSalut a indemnizar a la familia con esa cuantía -150.000 euros-.

Los hechos se remontan a diciembre de 2012, cuando la mujer acudió al Hospital de Figueres para dar a luz. Una vez allí, a pesar de que la ecografía de las 34 semanas de gestación indicaba que el feto tenía el diámetro biparetal más grande de lo normal y, que era un embarazo de riesgo, le programaron un parto vaginal.

Durante el alumbramiento se produjo una bradicardia fetal -disminución de latidos en el feto- y se utilizaron los fórceps, pero al ver que no se conseguía extraer al bebé, urgentemente se recurrió a una cesárea que provocó una rotura uterina y se daño al bebé.

Hospital de Figueres y Generalitat mantiene que se siguió el protocolo de asistencia
Tanto el Hospital de Figueres como Generalitat mantienen que la paciente recibió el tratamiento siguiendo el protocolo de asistencia, y es que consideran que no existía ninguna contraindicación con la metodología empleada, pues la macrosomía fetal -exceso de tamaño en el feto- no es “contradicción absoluta con el parto vaginal en paciente con cesárea previa”, y que el desenlace era “imprevisible”.

El TSJC considera ahora “inadmisible insistir en que la macrosomía no aconsejaba una cesárea y se consideraba más conveniente el parto vaginal”, teniendo en cuenta que las medidas del feto eran mayores de lo normal.

La sentencia considera que se debió valorar la posibilidad de pruebas complementarias y de practicar una cesárea preventiva “para reducir el riesgo de lesiones tanto en la madre como en el feto” y señala que su omisión “pudo ser el desencadenante de lo que ocurrió con posterioridad”.
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