Publicado en Diario Médico Un registro fetal intranquilizador, con sospechas de pérdida de bienestar, obliga a confirmar el estado del bebé mediante pruebas adicionales (estudio fluxométrico y test estresante o prueba de Pose). “En caso de que fuera imposible disponer de tales técnicas se impone la extracción fetal mediante cesárea, ante el desconocimiento del estado del bebé, pero en ningún caso el alta hospitalaria”. Esa fue la valoración que una perito realizó ante el Juzgado Civil número 1 de Madrid, y que ha servido para condenar a una aseguradora sanitaria a pagar a una menor y a su familia la cantidad de 1.129.497 euros en concepto de indemnización por los daños derivados de una mala praxis médica. Los hechos que se juzgan comenzaron cuando la gestante, en la semana 36 de embarazo, acudió al servicio de Urgencias de una clínica privada donde le estaban haciendo el seguimiento de la gestación. El registro cardio-tocográfico que le hicieron fue “intranquilizador, con sospechas de pérdida de bienestar fetal”. En el documento se indicó: “Se precisa conocer el estado de bienestar fetal mediante la aplicación de pruebas adicionales”.