Condenan a un oftalmólogo de Madrid a pagar 63.030 euros a una paciente a la que colocó mal una lente intraocular y le provocó pérdida de visión

El Juzgado de Primera Instancia nº 81 de Madrid ha condenado a un doctor oftalmólogo de Madrid al pago de una indemnización de 63.030 euros a una paciente, a la que colocó una lente intraocular y le provocó pérdida de visión.

Los hechos se remontan a noviembre de 2003, cuando la paciente que, responde a las siglas de P.M., acudió a la clínica de dicho doctor donde le propusieron la colocación de una lente intraocular que se realizó en el ojo derecho el 10 de noviembre de 2003 y en ojo izquierdo el 9 de diciembre de 2003.

No obstante, no consta el tipo de lente intraocular que se le implantó, ni el tipo de anestesia que se utilizó, y es que solamente se refiere la potencia dióptrica. Del mismo modo, no figura ni el estado del ojo al finalizar la cirugía. Asimismo, no se ha registrado la exploración del ojo desde el día de la intervención (diciembre de 2003) y tampoco el estado de la pupila ni la situación de la lente al final de la cirugía.

Tal y como señala el fallo, tramitado por la Asociación del Defensor del Paciente, teniendo en cuenta que en marzo de 2006 se presentaron ya molestias en el ojo izquierdo con un cuadro de edema, y que tuvo que ser necesaria una recolocación de la lente en febrero de 2007 que, siendo esta “inadecuada”, puede aventurarse que la lente “pudo estar mal colocada desde el principio, porque contactaba con la córnea, dañándola”.

Sería a partir de ese momento, cuando a la tensión ocular de la paciente “no se ofreció un tratamiento adecuado”, ya que el tratamiento antiedema para el cuadro de edema de su ojo izquierdo fue “tardío e insuficiente” y, la recolocación de la lente, lo único que provocó fue “un aumento de la patología”.

Tras esta sucesión de acontecimientos que, desencadenó en la perforación corneal, hubo “un excesivo retraso” a la hora de gestionar el transplante de córnea y “falta de actuación competente” a la hora de pautar el tratamiento antibiótico.

Por todo ello, en la sentencia se recoge que ”hubo pasividad evidente en 2007” y tampoco “se actuó correctamente” el día 11 de agosto de 2008 cuando se detectó absceso corneal.

Incumplimiento de la lex artis: deficiente información a la paciente
Según la sentencia, existe “un claro y palmario incumplimiento de la lex artis, en forma de deficiente información a la paciente de los riesgos que asumía en cada operación a la que fue sometida”.

Pese a la gravedad de la patología de su cliente, el doctor, además, “no hizo el seguimiento mínimo que le era exigible de esa petición de córnea, para, en caso de que no fuera facilitada en un tiempo razonable y útil para la salud de la paciente”.

Según informa el letrado Álvaro Sardinero, a consecuencia de todo ello, “la paciente perdió el globo ocular, pues tuvieron que extraerlo en el Hospital Ramón y Cajal por la deficiente actuación del facultativo que se prolongó durante varios años”.

Ya había sido condenado seis veces y seguía ejerciendo a pesar de todo
Como afirma la presidenta de El Defensor del Paciente, Carmen Flores, el doctor había sido condenado hasta en un total de seis veces por mala praxis. A pesar ello, se le permitió ejercer su profesión durante años, lesionando a pacientes y falsificando historias clínicas.

Es intolerable que un facultativo que ha sido condenado, al menos, en seis ocasiones por mala praxis, no haya sido inhabilitado y se le haya permitido ejercer durante años, lesionando a pacientes y falsificando historias clínicas”, concluye.
..Redacción

Opinión

Multimedia

Economía

Accede a iSanidad

Síguenos en