La ex presidenta del Consejo de Protésicos Dentales, condenada por intrusismo profesional

El Juzgado de lo Penal número 6 de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a la protésico dental María Eugenia Campoo, por un delito de intrusismo profesional tras considerar probado que llevó a cabo “actos profesionales propios de la profesión de odontólogo o médico estomatólogo” pese a carecer de la titulación académica y oficial exigida para hacerlo. La noticia, podría ser una más de las muchas que durante este año se han producido en el mundo de la odontología en relación a delitos y fraudes, sin embargo no es una noticia más, y es que María Eugenia Campoo fue ex presidenta del Consejo General de Protésicos Dentales de España y del Colegio de Protésicos Dentales de Tenerife.

Como informa el Colegio de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife, Campoo ha sido condenada a la pena total de seis meses de multa a razón de 10 euros diarios, lo que suponen 1.800 euros, tras la querella interpuesta por la entidad colegial.

La sentencia del Juzgado de lo Penal número 6 de Santa Cruz de Tenerife afirma que, teniendo en cuenta que el único profesional que puede prescribir y adaptar una determinada prótesis dental es el médico estomatólogo u odontólogo, la encausada “ha suplantado” esta función y, por ello, su actuación delictiva “se halla penada por el artículo 403 del Código Penal”. La juez considera probado que la acusada “tomó personalmente las medidas de la boca” de un paciente para fabricar una prótesis, y posteriormente “le adaptó” ella misma la prótesis “sin supervisión de odontólogo o médico estomatólogo”, lo que constituye el citado delito por el que ha sido condenada en estos momentos.

La sentencia alude a la Ley 10/86 de 17 de marzo, sobre odontólogos y otros profesionales relacionados con la salud dental, donde se especifica que la actuación del protésico “ha de ser en todo caso conforme a las indicaciones y prescripciones de los médicos estomatólogos u odontólogos” a quienes en exclusiva corresponde, entre otras funciones, la prescripción y adaptación de prótesis.

Reacciones del Consejo General de Dentistas y del Colegio de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife
Tanto el Consejo General de Dentistas de España, como el Colegio de Dentistas de Santa Cruz de Tenerife, han calificado como “muy graves” todas las acciones o prácticas que puedan ser constitutivas de un delito de intrusismo profesional, ya que consideran que quien comete este tipo de delitos en el sector odontológico “está poniendo en serio riesgo la salud de los pacientes”.

Especialmente grave y condenable”, y es que así entienden este caso ambas entidades, al haber ocupado la encausada cargos de máxima responsabilidad en el sector de los protésicos dentales, puesto que la condenada “debe conocer a la perfección más que nadie cuáles son sus atribuciones y competencias como protésico dental”.

A tenor de esta nueva sentencia, las dos entidades vuelven a solicitar un cambio normativo en el que sea una realidad el endurecimiento de las penas por delitos de Intrusismo Profesional para que “sean disuasorias y no se ponga en peligro la salud de los pacientes”.

La condenada puede apelar la sentencia en el plazo de 10 días a partir del siguiente desde su notificación ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, por lo que todavía la decisión judicial puede cambiar.
..Redacción

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