Publicado en Diario Médico Dos sentencias sucesivas del Tribunal de Superior de Justicia de la Unión Europea (TSJUE) han llevado a los sindicatos sanitarios a pedir una revisión urgente de la normativa laboral vigente en España, en concreto del Estatuto de los Trabajadores y del Estatuto Marco. Si la semana pasada el TSJ europeo cuestionaba el encadenamiento de contratos temporales que permite el Estatuto Marco, un nuevo fallo del Alto Tribunal de la UE sentencia que España no puede discriminar en las indemnizaciones por despido a trabajadores fijos y temporales, de forma que ambas categorías deben recibir una indemnización económica por despido de 20 días por año trabajado. Según el Estatuto de los Trabajadores actualmente en vigor, esos 20 días son la indemnización mínima que reciben los profesionales fijos despedidos, y se reduce a entre 8 y 12 días de sueldo por año de servicio, en el caso de los temporales. Los interinos no reciben compensación económica alguna en caso de ser despedidos.