Las enfermeras ya no pueden administrar la vacuna de la gripe de forma autónoma

La campaña de vacunación de la gripe comenzará, según anunció el consejero de Sanidad, Jesús Sánchez Martos, el próximo 17 de octubre y ante su inminente inicio, el Sindicato de Enfermería (SATSE) recuerda que, según lo establecido por el denominado Real Decreto de Prescripción Enfermera (23 de octubre de 2015), los profesionales de enfermería no están autorizados a su administración si previamente no ha sido prescrita por el médico correspondiente.

Según SATSE, el RD 954/2015 establece en su art. 3 que, para que un enfermero pueda realizar la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos de uso humano sujetos a prescripción médica debe cumplirse que:

  • El enfermero deberá ser titular de la correspondiente acreditación emitida por la Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad. A fecha de hoy, son muy pocos los profesionales de enfermería de la Comunidad de Madrid que disponen de dicha certificación.
  • Una vez el enfermero esté acreditado, será necesario que el médico haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir, validado conforme a lo establecido en el artículo 6 del citado Real Decreto.
  • Asimismo, el seguimiento de la persona vacunada deberá ser realizado por el profesional que realizó la prescripción (es decir, el médico).

En este sentido, y con el objeto de evitar cualquier tipo de sanción o apertura de expediente, SATSE Madrid recuerda que es conveniente que los profesionales de enfermería se dirijan, por escrito, a sus superiores solicitando una instrucción, también por escrito, sobre la instrucción concreta a seguir para proceder a la administración de la vacuna antigripal.

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