La UE establece límites a la exposición a 11 sustancias cancerígenas de trabajadores en sus puestos

Las instituciones de la Unión Europea han alcanzado un acuerdo sobre la nueva directiva que fija límites específicos a la exposición a 11 sustancias cancerígenas o mutágenas de trabajadores en sus puestos de trabajo.

En concreto, esta normativa establece límites específicos de exposición para 11 sustancias cancerígenas adicionales que no cubre la directiva vigente desde 2004. El objetivo no es otro que evitar hasta 100.000 muertes durante los próximos 50 años, o lo que es lo mismo, 2000 decesos por año.

Las sustancias que se han incluido en el ámbito de la directiva son las siguientes:

  • Polvo de sílice cristalina respirable
  • Epoxipropano
  • Butadieno
  • Nitropropano
  • Acrilamida
  • Algunos compuestos de cromo
  • Óxido de etileno
  • O-toluidina
  • Fibras cerámicas refractarias
  • Bromoetileno
  • Hidrazina

Además, a la luz de nuevos datos científicos, la nueva directiva también revisa los límites establecidos para el cloruro de vinilo monómero y serrines de maderas duras. De la misma forma, la Comisión Europea tendrá que estudiar la posibilidad de incluir las sustancias reprotóxicas en esta directiva, como muy tarde en el primer trimestre de 2019.

Eliminar y reducir todas las sustancias cancerígenas y mutágenas

Por último, la nuevo normativa establece unos requisitos mínimos para eliminar y reducir todas las sustancias cancerígenas y mutágenas (sustancias y preparados que, por inhalación, ingestión o penetración cutánea, puedan producir alteraciones genéticas hereditarias o aumentar su frecuencia).

También incluye la obligación de las empresas de identificar y evaluar los riesgos de los trabajadores que están expuestos a algunas de estas sustancias, así como de evitar la exposición donde existan riesgos.

Tras el acuerdo alcanzado, el Consejo de la Unión Europea y el Parlamento Europeo deben dar su visto bueno formal a la directiva para que pueda entrar en vigor.
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