Estrasburgo determina que los correos oficiales de los médicos son propiedad privada

La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos dio amparo a un trabajador cuya empresa revisó los mensajes privados en su cuenta profesional de correo electrónico, y rectificó así la sentencia del año pasado, que había dado la razón al Estado rumano y a la empresa.

Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia” dice el artículo 8 del Convenio de Derechos Humanos. Para los jueces, los errores fueron varios porque además de que no se había avisado previamente al trabajador de que se estaba vigilando su correspondencia personal, debería haber expuesto “razones legítimas” para una medida tan drástica y que vulnera la intimidad personal.

Los jueces van incluso más lejos porque aseguran que no se puede reducir a la nada “el ejercicio de la vida privada social en el trabajo”.

La sentencia rectifica un fallo anterior de Estrasburgo en 2016 que avalaba la vigilancia.

La compañía del demandante le despidió porque tenía demostrado que había usado internet para algo más qd sus tareas profesionales, y para ello le mostró una transcripción de algunos de sus correos electrónicos con mensajes personales con su hermano y su novia. Sin embargo, a pesar de que perdió todos los recursos interpuestos ante los tribunales nacionales, el trabajador acudió al Tribunal de Derechos Humanos para pedir que se anulara su despido porque sus correos electrónicos están protegidos por el artículo 8 de la Convención Europea de Derechos Humanos, que reconoce el derecho al respeto de la vida privada y familiar, el hogar y la correspondencia.

Contra esta nueva sentencia ya no cabe recurso.
..Lola Granada

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