La prueba diagnóstica: pensamiento del paciente vs realidad

Una paciente acudió al hospital porque por presentar fuertes dolores en espalda y cuello y hormigueos en brazos y manos. Los médicos decidieron realizarle una prueba de electromiograma y estudio de velocidad de conducción nerviosa. El estudio se hizo en ambas manos, con electrodos de anilla para estímulo eléctrico de los dedos que iban a ser explorados, resultando negativo en el lado derecho y positivo de grado leve en el izquierdo. Además, como se quejaba de dolor cervical previo, se llevó a cabo la prueba de diagnóstico conocida como EMG.

La defensa de la paciente expuso que tras realizarse la prueba de diagnóstico EMG empezó a sentirse mal por dolores e inflamación del brazo. Los dolores y la inflamación persistían en el tiempo, por lo que se vio obligado a acudir de nuevo al Hospital en dos días. Es allí cuando le diagnostican “neuropatía del nervio cubital izquierdo con gran componente neuropático”.

Se consideró que los dolores y la posterior patología son consecuencia de la práctica de la técnica EMG. La realización de esta prueba implica la introducción de una aguja con electrodo en los territorios anatómicos musculares correspondientes a la dolencia. En este caso, son los músculos deltoides (hombro), bíceps brachi (brazo, región anterior) y flexor carpi radialis (antebrazo, unos dos dedos bajo el codo, en la región antero interna del antebrazo). Pues bien, la defensa del paciente alegó que la introducción de la aguja se hizo en uno de los nervios del brazo, produciendo los dolores que en la actualidad sufre la paciente.

La defensa del doctor se opuso rotundamente a los hechos alegados. Comentan que en todo caso la doctora actuó diligentemente, no pudiendo evitar que el paciente desarrollase una sintomatología que es un riesgo objetivo e inherente al tratamiento, e independiente a la praxis médica empleada.

Además, la defensa se negó a vincular la inflamación en el brazo y los dolores en el mismo con la prueba diagnóstica EMG realizada. El síndrome de dolor regional es de etiología incierta, puesto que resulta inimaginable que con la introducción de la aguja electrodo se hubiera dañado alguno de los dos nervios que se encuentran en la cara anterior de antebrazo mediano o cubital. Esto es así porque efectivamente la aguja no se introdujo en la cara anterior del antebrazo mediano o cubital, sino en el musculo flexos carpi radialis. Es decir, se trata de un lugar alejado de donde se realizó el estudio electromiográfico.

Se dejó claro también que, previo a cada punción, el doctor solicitó a la paciente la respectiva activación del músculo al ser explorado con el fin de palpar previamente el volumen del músculo al ser punzado, así como valorar la fuerza muscular antes de cada punción.

Por otra parte, aclaró que la prueba diagnóstica de EMG sólo contempla, entre los riesgos frecuentes de su realización, un dolor de intensidad leve y bien tolerado y sólo un mínimo riesgo de sangrado local, pudiendo producirse un pequeño hematoma en muy raras ocasiones, que se resolvería espontáneamente en horas o días.

En definitiva, la defensa del doctor alegó que la prueba diagnóstica de EMG se llevó a cabo de forma correcta por un especialista en la materia, sin que en el desarrollo de la misma se produjera ningún tipo de complicación. Así, la prueba realizada no guarda ningún tipo de relación con la patología que padece la paciente, que es la neuropatía cubital.

Por último, el juzgado rechaza de pleno los argumentos esgrimidos por la defensa del paciente, pues considera que los dolores e inflamación del brazo no tienen nada que ver con la realización de la prueba EMG. En efecto, considera que estos dolores e inflamación se deben a una patología crónica de la paciente en el nervio cubital, lugar completamente alejado del lugar donde se realizó el estudio electromiográfico.

Por ello, desestima de pleno la demanda y condena al paciente al pago de las costas del procedimiento judicial.
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