No nos generen más conflictos

Cuando veo en prensa estos días el conflicto de Cataluña en los medios de comunicación, en los debates con amigos y compañeros , inclusive los comentarios en redes sociales con médicos catalanes, algunos ex altos cargos del Ministerio de Sanidad hasta hace poco y ex compañeros de la OMC, me asusta los vulnerables que pueden ser nuestros principios éticos , profesionales y hasta los racionales

Personalmente de los políticos espero poco, por no decir nada, pero al menos que no me usen como moneda de cambio de sus espurios intereses, por eso al oír las declaraciones del Consejero de Exteriores de Cataluña , el Honorable D Raúl Romeva (si no fuera por tratos formales al cargo , tendría ironía el prefijo), sobre que los funcionarios acatarían las ordenes de las instituciones de la Generalidad Catalana, lo más gracioso de todo esto es que quien incita a generar conflicto a los funcionarios médicos es un supuesto especialista en análisis de conflictos bélicos como reza el CV del Sr Romeva.

Yo creo que los médicos nos debemos en primer, y casi único lugar, a nuestros pacientes, es respetable la opinión que cada uno tenga de política, religión, “modus vivendi”… fenomenal, lo que sería inconcebible es que esto nos pueda radicalizar en nuestros comportamientos profesionales.

Los médicos nos debemos en primer, y casi único lugar, a nuestros pacientes

Le recordaremos al Consejero Romeva, que no nos lleve a los médicos al conflicto y dudas en la eximente de responsabilidad por deber de obediencia jerárquica de funcionarios públicos. Se trata de un conflicto entre legalidad y autoridad no exento de connotaciones éticas para nosotros, aunque cobra una especial relevancia respecto de los militares y de las fuerzas y cuerpos de seguridad, que deben normalmente cumplir las órdenes de un modo inmediato y sin debate ni reserva. Y fue a ellos a quien se atribuyó históricamente a la obediencia debida un valor absoluto como eximente penal. Consecuentemente, cuando un superior jerárquico impartía una orden de naturaleza ilícita a un subordinado y este la cumplía en aras de la obediencia debida, la responsabilidad penal la asumía exclusivamente el superior que dio la orden. Por tanto, este desplazamiento de la responsabilidad al superior ha sido habitual fundamentarla en una causa que la justifica: la obediencia debida.

La eximente de obediencia debida fue admitida en Derecho comparado con valor absoluto por multitud de cuerpos legales. Y tras muchas sentencias la Asamblea General de la ONU de 31 de diciembre de 1950, estableció en su principio IV que “el hecho de que una persona haya actuado en cumplimiento de una orden de su gobierno o de un superior jerárquico no la exime de responsabilidad conforme al derecho internacional, si efectivamente ha tenido la posibilidad moral de ¬opción”. Este es el caso aplicable a los médicos, y no en derecho internacional sino en norma Constitucional de primer rango
En España, por otra parte, la obediencia debida desapareció en el derecho penal común con el Código Penal de 1995, y se mantuvo de forma muy limitada en el Código Militar de 1985, que establecía que “no se estimará como eximente ni atenuante el obrar en virtud de obediencia a aquella orden que entrañe la ejecución de actos que manifiestamente sean contrarios a las leyes o usos de la guerra o constituyan delito, en particular contra la Constitución”.

El Tribunal Supremo resolvió, en 1983, que la eximente de obediencia debida no era aplicable cuando lo mandado por el superior constituía un delito grave.
El Consejo General del Poder Judicial informó en (2013) contra de la pretensión del Ministerio de Defensa de resucitar de forma expresa la eximente de obediencia debida en el Código Penal Militar, El CGPJ argumentó que “no existen órdenes vinculantes de cometer delitos, sean manifiestamente ilegales o no. Por lo que la obediencia a dichos mandatos antijurídicos no puede considerarse causa de justificación”.

¿Qué sucede si un Parlamento territorial se autodeclara constituyente, proclama su independencia unilateralmente e infringe la legalidad de la que emana la legitimidad de su poder, sustituyéndola por otra legalidad nueva? ¿A qué legalidad deben someterse y obedecer, en este caso, los funcionarios públicos de aquel territorio?

Un punto más conviene aclarar: ¿qué sucede si un Parlamento territorial se autodeclara constituyente, proclama su independencia unilateralmente e infringe la legalidad de la que emana la legitimidad de su poder, sustituyéndola por otra legalidad nueva? ¿A qué legalidad deben someterse y obedecer, en este caso, los funcionarios públicos de aquel territorio? La respuesta es obvia: han de someterse y obedecer a la legalidad con arreglo a la cual fueron nombrados y de la que reciben la legitimidad para desempeñar su función con arreglo a las leyes. Esto, que vale para todos los funcionarios, reviste especial trascendencia respecto a los militares y a las fuerzas y cuerpos de seguridad sin excepción, habida cuenta de que han recibido en depósito las armas de que disponen precisamente para la defensa del orden jurídico constitucional del que también reciben su legitimidad al ser nombrados. Pero hay quien objeta que, en este caso, la legalidad vieja es substituida por la nueva sin solución de continuidad. Este aserto contradice la más elemental lógica jurídica (es pura bisutería), ya que tal substitución unilateral sólo es posible tras un acto de fuerza –un golpe de Estado– triunfante.

Malos tiempos aquellos en que debe recordarse lo obvio. Creo que en el caso nuestro, como médicos, además de nuestra obediencia a la profesión, código deontológico y ético, es obediencia a la legalidad vigente, que sin duda la marca los deberes constitucionales , en este caso el artículo 155, siempre será el mejor argumento de defensa en caso jurídico sobrevenido.

Así que señor Romeva , no genere conflictos a los funcionarios en general y sanitarios en particular porque a fin de cuentas usted es material fungible y el funcionario de sanidad lo es inventariable , y no se puede jugar su puesto de trabajo, bastante tenemos que tragar con la gestión día a día de la sanidad, con fármacos que son elegidos por Vds. con criterios económicos y no de eficacia , eficiencia y efectividad, con cargas burocráticas que nos restan tiempo de ejercicio profesional verdadero, con sueldos que palidecen al lado de los que Vds. se aprueban en cada legislatura, y con cargas laborales cada día mas lastradas por la falta de connivencia en la planificación del ejercicio profesional con los que realmente lo realizan a diario.
Dr. Francisco Toquero de la Torre. Ex vicesecretarto General de la OMC y ex vicepresidente de la UEMO

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