Isabel González
La Audiencia Nacional tiene serias dudas sobre la constitucionalidad de la supresión a los funcionarios de la paga extra de diciembre de 2012. Así lo ha hecho saber al fiscal al cual le han transmitido la duda sobre si deben llevar al Tribunal Constitucional el tema. Lo ha asegurado la Sala de lo Social, “se ha podido vulnerar” el derecho que garantiza la imposibilidad de aplicar con carácter retroactivo “medidas restrictivas” de derechos individuales. En este escrito han acordado unanimamente acudir tanto a las partes como a la Fiscalía teniendo un plazo de diez días para responder.
La Audiencia Nacional entiende que las gratificaciones extraordinarias son una manifestación del salario diferido, que se devenga diariamente., por lo que la Administración no hacía excepción de la parte devengada cuando entró en vigor la medida (el 15 de julio). Por ésta razón, se ha llegado a la conclusión que la medida puede vulnerar el artículo 9,3 de la Constitución que garantiza la irretroactividad de las disposiciones restrictivas de derechos individuales, «en la medida en que la norma suprime el derecho de los trabajadores a percibir cuantías ya devengadas (las correspondientes a los seis primeros meses del año), expresamos nuestras dudas sobre su ajuste constitucional», explican los magistrados.
La postura tomada por la AN viene por la propuesta que le hizo CC.OO., UGT y USO, por la eliminación de la paga extra en la Compañía Española de Tabaco en Rama (Cetarsa), empresa estatal participada mayoritaria y directamente por la SEPI.
En notas de prensa, los sindicatos felicitan la decisión y esperan que se tenga en cuenta y se, “rectifique cuanto antes” con la devolución del dinero.
Luis de Guindos, ministro de Economía,en el Congreso de los Diputados, negaba esa inconstitucionalidad, “el Gobierno está absolutamente convencido de la legalidad” y recordó que «se limita al año pasado».









