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Desde el 1 de enero el copago farmacéutico ha dejado de ser obligatorio para seis millones de personas de diferentes colectivos, según informó Sanidad. Entre los colectivos exentos del copago farmacéutico se encuentran las personas con prestación económica por hijo o menor a cargo, pensionistas con rentas bajas (inferiores a 5.635 euros, o a 11.200 euros en caso de no estar obligados a presentar declaración por el IRPF) y menores de edad con un 33% o más de discapacidad.
Colectivos exentos de copago farmacéutico: personas con prestación económica por hijo a cargo, pensionistas con rentas bajas y menores de edad con un 33% o más de discapacidad
“Hoy entra en vigor la exención de copago farmacéutico para colectivos vulnerables“. Así lo indicó el ministro de Sanidad, Salvador Illa, en su cuenta de Twitter el pasado viernes 1 de enero. La exención de estos colectivos forma parte de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 y apareció recogida en el BOE del pasado 31 de diciembre.
Sanidad señaló que “se ha avanzado en la eliminación progresiva de los copagos farmacéuticos y en el establecimiento de garantías para que no puedan introducirse nuevos copagos“. En este sentido, indicaron que se ha sacado a consulta pública el Anteproyecto de ley de medidas para la equidad, universalidad y cohesión del Sistema Nacional de Salud, que incorpora la obligación de evaluar el impacto en la salud de la población en todas las políticas públicas.
Colectivos que ya están exentos de copago farmacéutico
Hay varios colectivos que ya estaban exentos de copago farmacéutico. Son las personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica, con rentas de integración social o con pensiones no contributivas. Así como personas en paro sin derecho a subsidio o personas afectadas por el síndrome tóxico. Finalmente, las personas con tratamientos derivados de accidente de trabajo o enfermedad profesional.