El Cgcom y el INE se unen para crear un Sistema de Certificado Médico de Defunción

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..Redacción.
El Consejo General de Colegios Oficiales de Médicos (Cgcom) y el Instituto Nacional de Estadística (INE) han suscrito un convenido para la puesta en marcha de un Sistema de Certificado Médico de Defunción. Este nuevo sistema permitirá la gestión segura y eficiente de los procedimientos privados y públicos en los que intervengan este tipo de certificados.

El presidente del Cgcom, el Dr. Serafín Romero Agüit, y el presidente del INE, Juan Manuel Rodríguez Poo, ya firmaron este acuerdo el pasado mes de diciembre. El objetivo es delimitar el ámbito de actuaciones de ambas partes en relación con la puesta en marcha de un certificado médico de defunción para su uso oficial y fines estadísticos. El convenio ya se encuentra publicado en el BOE.

Para el Dr. Romero Agüit “la relación del CGCOM con el INE, desde hace mucho tiempo, está basada en una excelente colaboración en todo lo que respecta al compromiso de una certificación médica de defunción de calidad. Este certificado en concreto cuenta con una configuración y estructura que ha sido elaborada de manera conjunta por ambas entidades. Además, actualmente la corporación médica asume la custodia de todos los documentos oficiales en papel con el objeto de proporcionar copias compulsadas a aquellos ciudadanos que lo requieran. Fruto de la buena relación y la labor de colaboración realizada hasta la fecha tanto el CGCOM como el INE han materializado este convenio para elaborar en soporte electrónico este tipo de certificados”.

En los actuales modelos de certificados médicos no existe ningún sistema que permita la comprobación automatizada de la identidad del médico firmante

En los actuales modelos de certificados médicos en soporte en papel no existe ningún sistema que permita la comprobación, de forma automatizada, de la identidad del médico firmante. Esta situación impacta de forma negativa en el valor y en la función de ese acto médico. Por ello, se ha considerado necesario proceder a la implantación de Certificados Médicos de Defunción en soporte electrónico. Con el fin de permitir la gestión segura y eficiente de los procedimientos privados y públicos en los que intervengan este tipo de certificados.

El Cgcom es el único organismo autorizado para editar y distribuir los impresos de los certificados médicos oficiales. Según el artículo 58 de los Estatutos Generales de la Organización Médica Colegial. Por otro lado, el INE es el organismo encargado de la elaboración y ejecución de los proyectos estadísticos que le sean encomendados al Plan Estadístico Nacional. Entre ellos, se encuentran la Estadística de Defunciones y la de Defunciones según la causa de muerte. Para la elaboración de ambas estadísticas el INE utiliza el Boletín Estadístico de Defunción que va unido al Certificado Médico de Defunción.

El Cgcom es el único organismo autorizado para editar y distribuir los impresos de los certificados médicos oficiales

Mediante la firma de este convenio, las partes pretenden colaborar en la implantación de un modelo Certificado Médico de Defunción Electrónico (CMDe) de uso conjunto. Además, de establecer una nueva forma de actuación, en el marco de la delimitación de competencias descritas. De tal forma que un único instrumento sirva para realizar la inscripción del fallecimiento en el Registro Civil. Asimismo, haga la función de cuestionario estadístico necesario para elaborar las estadísticas del Movimiento Natural de la Población y de Defunciones según la Causa de Muerte sujetas a la Ley de la Función Estadística Pública.

Además, el Cgcom tiene delegado por el INE la custodia de los certificados médicos de defunción. Así como, la función de facilitar el acceso de familiares del fallecido a los datos que les sean de interés. Siempre en virtud de las competencias recogidas en sus Estatutos, aprobados por Real Decreto 300/2016, de 22 de julio. Estas recogen que le corresponde la función de «cooperar con los poderes públicos del Estado en la formulación de la política sanitaria y de los planes asistenciales y en su ejecución, participando en la elaboración de cuantas disposiciones afecten o se relacionen con la promoción de la salud y la asistencia sanitaria, colaborando en el logro de intereses comunes, participando en órganos consultivos y tribunales de oposición y otras pruebas selectivas, así como en la elaboración de informes, estadísticas y otros asuntos.

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