Cuando las ayudas financieras públicas funcionan: la jubilación en residencias apoyada por el Estado

En España, el porcentaje de personas que reciben la prestación vinculada al servicio para ayudar en el pago de la plaza privada es elevado

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Victoria Guillén
El envejecimiento de la población en España avanza a pasos agigantados. Según estimaciones de la Encuesta de Condiciones de Vida del INE, en nuestro país hay 9,4 millones de personas mayores de 65 años. De entre ellos, el 89% son propietarios de una vivienda. Sin embargo, de acuerdo a datos de marzo de 2023 del Ministerio de Seguridad Social, casi el 15% de las personas jubiladas en España perciben una pensión mensual inferior a 700 euros. Esta circunstancia provoca que muchas personas mayores tengan problemas económicos durante su jubilación y que tengan que plantearse la búsqueda de ayudas o soluciones financieras que ofrezcan un complemento a la pensión.

Actualmente, existe una variedad de opciones financieras disponibles para que las personas mayores puedan completar su pensión. En el ámbito privado, destaca la renta vitalicia, la nuda propiedad, la hipoteca inversa, el alquiler seguro y el Programa Pensium. Respecto al ámbito público, las ayudas más demandadas son las relacionadas con las prestaciones económicas vinculadas a la asistencia de personas, a los cuidados en el entorno familiar y al servicio. Concretamente, sobre estas últimas, “el porcentaje de plazas públicas y personas que reciben la prestación vinculada al servicio para ayudar en el pago de la plaza privada es elevado. Por el contrario, la contratación de soluciones financieras en el ámbito privado es muy inferior”, destaca Libertad Álvarez, responsable comercial y trabajadora social del Grupo Amavir.

De hecho, ha manifestado que en España “todavía tenemos muy arraigado culturalmente dejar en herencia los bienes a nuestros seres queridos, siendo habitual que las personas mayores no quieran perder la propiedad ni dejar cargas a sus descendientes”.

Casi el 15% de las personas jubiladas en España perciben una pensión mensual inferior a 700 euros

Las prestaciones económicas públicas deben solicitarse a través de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Así, las cuantías que pueden percibir para la prestación vinculada al servicio o cheque servicio, varían dependiendo de los ingresos económicos y de su grado de dependencia, clasificándose desde el Grado I con 313,5 €/mes hasta el Grado III con 747,25 €/mes.

En este sentido, el Grupo Amavir ofrece asesoramiento en la búsqueda de estas fuentes de financiación. “Asesoramos tanto a residentes de Amavir como a las personas que nos llaman o visitan para solicitar información sobre nuestros centros, tanto para conseguir ingresos extra y seguir en el domicilio como para acceder a una plaza residencial”, ha señalado Álvarez.

Así, la directora del Comité de Bioética de Grupo Amavir continúa subrayando que “cuando una persona -residente, familia y allegados o ambos- nos llama por teléfono o visita alguna de nuestras residencias, se les informa de la parte pública y privada, ya que la mayoría de nuestros centros disponen de plazas concertadas y son centros acreditados y autorizados para percibir la prestación vinculada al servicio (cheque servicio). Sin embargo, las ayudas públicas suelen tardar, no son inmediatas, y, en muchas ocasiones, la necesidad de ingresar en un centro es inminente, planteándose optar por una plaza privada. En la mayoría de los casos, si la persona mayor no puede pagarlo, es la familia quien ayuda económicamente. Asimismo, suele suceder que la pensión y la prestación que reciben no son suficientes para el pago de una residencia privada, por lo que desde Amavir se asesora para otro tipo de soluciones financieras privadas”.

En España hay 9,4 millones de personas mayores de 65 años, según estimaciones de la Encuesta de Condiciones de Vida del INE

En este sentido, el Programa Pensium permite obtener periódicamente aportaciones de hasta el doble del alquiler, gracias a tener una vivienda en propiedad disponible para alquilar. Esta ayuda permite poder pagar una plaza en la residencia o la asistencia en casa de un familiar.

Por su parte, la hipoteca inversa es un préstamo hipotecario por el que se recibe una renta que se acumula como deuda de la vivienda, permitiendo recibir liquidez a través de un inmueble sin perder ni la propiedad ni el uso o el disfrute de la vivienda. El importe máximo que el banco podrá prestar es el valor de la vivienda, por lo que para amortizar la hipoteca se deberá devolver el total del capital cobrado más el precio del préstamo. Esta solución es una alternativa dirigida para aquellas personas mayores de 65 años o con algún grado de dependencia reconocido, así como aquellas personas que presentan una discapacidad igual o superior al 33%. Con la hipoteca inversa la persona mayor se asegura una renta mensual sin perder la titularidad de su vivienda, pudiendo anular el contrato cuando lo desee siempre que devuelva el importe de deuda acumulado.

El Grupo Amavir ofrece asesoramiento en la búsqueda de estas fuentes de financiación con el objetivo de que las personas mayores puedan mejorar su calidad de vida tras la jubilación

En el caso de la venta de nuda propiedad, el vendedor tiene el derecho de usufructo a residir en su domicilio hasta su fallecimiento. Se trata de una solución para aquellos que deseen liquidez y vivir con comodidad en su última etapa. Esta opción debe inscribirse en el registro de la propiedad y existen diferentes maneras de llevarlo a cabo. Para acceder a este tipo de financiación se necesita ser mayor de 65 años o tener reconocida una dependencia severa, así como tener una vivienda en propiedad. La cuantía varía en función de la edad en la que se contrate.

Finalmente, se encuentra la renta vitalicia inmobiliaria. Mediante esta solución financiera la persona vende la propiedad de una vivienda a cambio de una pensión y se mantiene el uso del inmueble durante la vida del titular. Es un tipo de crédito que se constituye ante notario y genera un contrato de por vida en que la cantidad a percibir dependerá del valor de la propiedad y la edad con la que se contrate. La transmisión del inmueble estará exenta del IRPF si el titular o vendedor es mayor de 65 años. Además, una de las principales ventajas de esta solución es que el comprador paga los gastos de mantenimiento y de gestión, mientras que el vendedor solo se hará cargo de los gastos ordinarios de uso.

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